María José García Folgado
La gramática general en las aulas del siglo XIX (1836-1857). (1) Textos y documentos*
1. Introducción
El presente trabajo pretende ser una aportación a la historia de las enseñanzas lingüísticas en España; concretamente, nos ocupamos de las materias lingüístico-filosóficas y, específicamente, de la gramática general en el ámbito de la educación secundaria en el segundo tercio del siglo XIX.
El tema requiere de varias aclaraciones antes de empezar. La primera tiene que ver con la cronología: la historia de la enseñanza de la gramática en la España decimonónica se puede articular, desde una perspectiva externa, en dos momentos diferenciados[1], el primero de los cuales, comprendido entre 1813 y 1857 —entre el proyecto Quintana y la ley Moyano, momento en el que "se gestan las bases del sistema educativo" (Puelles 1980, 13)—, coincide con la introducción y eclosión del modelo gramatical "general" de tipo escolar en España, como demostró Brigitte Lépinette (2008). En un trabajo anterior en este mismo lugar (García Folgado 2014), nos dedicamos al periodo inicial (entre el Informe Quintana, 1813, y el final del Trienio liberal, 1823), por lo que esta aportación pretende continuar ese trabajo, así como el de la Dra. Lépinette, y se ocupa de los tratados escolares para las enseñanzas lingüístico-filosóficas publicados en el periodo comprendido entre la promulgación del Arreglo provisional de estudios para el próximo curso académico, decretado el 26 de octubre del año 1836 y la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, la llamada Ley Moyano.
La segunda aclaración tiene que ver con el enfoque adoptado. Entendemos por materias lingüístico-filosóficas aquellas que se ocupan de la relación entre el pensamiento y el lenguaje y pretenden introducir al alumnado en "el arte de pensar y hablar" con la finalidad principal de perfeccionar las ideas y expresarlas con exactitud. La premisa fundamental en la España de la primera mitad del XIX, fuertemente influenciada por el pensamiento filosófico francés, es, en palabras de Condillac, que
l’art de parler, l’art d’écrire, l’art de raisonner et l’art de penser ne sont, dans le fond, qu’un seul et même art. En effet, quand on sait penser, on sait raisonner ; et il ne reste plus, pour bien parler et pour bien écrire, qu’à parler comme on pense, et à écrire comme on parle […] L’art de parler n’est donc que l’art de penser et l’art de raisonner, qui se développe à mesure que les langues se perfectionnent; et il devient l’art d’écrire, lorsque il acquiert toute l’exactitude et toute la précision dont il est susceptible (Condillac 1794, 26-27).
La Gramática general, la Lógica, la Ideología[2] y, un poco más adelante, la Psicología van a conformar un conjunto de materias filosóficas donde la primera, entendida tanto como "filosofía gramatical" o "gramática filosófica" como "gramática científica", se va a ocupar, precisamente, de la expresión lingüística de las ideas. Este trabajo se centra en los textos que se ocupan de los contenidos de la filosofía gramatical, pero en ningún caso se va a tratar de la ciencia que, en palabras de un historiador decimonónico, "busca en el conocimiento de la humana inteligencia los principios generales de la buena expresión", ya que esa ciencia, en la consideración del mismo historiador, es para "vastas inteligencias" y no para "comprensiones inexpertas" (Ortiz 1856, 27). La siguiente cita de uno de los autores de los que nos ocupamos aquí (Orodea 1837) puede servirnos para ilustrar el hilo conductor de esta investigación:
Dedicado por compromiso á enseñar en este curso Lógica y Gramática general a unos niños que son discípulos mios en lenguas […] elegí, para que me sirviese de testo en las lecciones, el precioso opusculito del Sr. Hermosilla, titulado: Principios de Gramática general […]. En las primeras lecciones conocí que su estilo muy filosófico y que lleva el espíritu de sistema y de enlace en todo rigor, no se prestaba muchas veces á la inteligencia de los meros principiantes. Advertí esto mejor cuando despues de haber estudiado bien los niños un tratado, dándolo á la memoria, no respondian á las definiciones y preguntas sueltas en cada capítulo. Me apliqué á extractar, con el objeto de facilitar la inteligencia del testo, unas definiciones que les hiciesen entender aquellas mismas doctrinas del Sr. Hermosilla sin los atavíos del tono filosófico y observé que entendian con mucha claridad los buenos principios de la Gramática General (Orodea 1837, iii-iv. El subrayado es nuestro)
Los maestros como Placido María Orodea (1837), González de Soto (1840), Crespo (1841), o Parga (1841), entre otros (v. Lépinette 2008, 328-329), consideran la obra de Hermosilla —como la de Destutt, Condillac u otros autores de referencia del momento— excesivamente teórica para las capacidades de su alumnado, muy densa y extensa para el objeto de las lecciones que prevé la legislación: "Los Principios del Sr. Hermosilla, de mérito justamente reconocido, y adoptados en la mayor parte de las universidades y colegios, son demasiado extensos respectivamente a las lecciones prescritas, según ha demostrado la práctica" (Crespo 1841, Prólogo). De ahí, que asuman la tarea de redactar "obras más ajustadas al marco temporal, a la edad de los alumnos y, quizá, también a [sus] conocimientos o hábitos de enseñanza" (Lépinette 2008, 329).
Los autores de estos Compendios, Rudimentos, Nociones o Lecciones elementales, conscientes de la necesidad de contenidos gramaticales específicos para las aulas, llevan a cabo diversas operaciones de abstracción y adaptación[3], estableciendo una distancia entre esta gramática general pedagógica y la gramática general científica; el prólogo de Melchor Ignacio Díaz (1841), por ejemplo, es muy revelador dado que detalla todo el proceso y si bien indica claramente que su obra es didáctica y se ha escrito "para instruir", es plenamente consciente de que no se trata de banalizar el saber, sino de reelaborarlo:
A toda enseñanza conviene la sencillez: basta ordenar bien las nociones para que su estudio sea generalmente fácil, breve y útil; pero no alcanza el saber humano á quitar de las materias toda dificultad.
Al componer una obra científica es muy difícil establecer perfectamente bien la cadena, á que se deben sujetar las verdades, segun su derivacion. Yo he abierto un camino enteramente nuevo: no presumo que haya dejado de caer en algunos deslices, aunque he procurado no incurrir en ellos. La perfeccion ó hechura de lo mejor, apenas se ha concedido á los mortales. El público ilustrado juzgará si he comprendido en qué consiste la lógica, si la he presentado bajo su verdadero punto de vista, si la he tratado dentro de sus límites, si he simplificado su método y facilitado el estudio (Díaz 1841, xii).
La última aclaración tiene que ver con la naturaleza de los textos aquí recogidos en relación con la institución escolar: la gramática general (a partir de aquí, GG) solo va a aparecer explícitamente mencionada en dos textos legislativos del periodo, en el Arreglo de 1836 y en el Decreto de 8 de junio de 1843 entre los contenidos que configuran los estudios preliminares de la Facultad de Filosofía para la obtención del grado de bachiller, preparatorios para las demás facultades. La consecuencia inmediata de la introducción de la gramática general como materia de enseñanza y la ya mencionada necesidad de adaptar sus contenidos es la aparición de una serie textual (Haβler 2002 y 2010; Zamorano Aguilar 2013 y 2017; Gaviño Rodríguez 2020) configurada por los manuales escolares producidos para la enseñanza de esas asignaturas. No obstante, por lo que toca específicamente a la GG, a partir de 1845, con la promulgación del Real Decreto aprobando el Plan General de estudios (Plan Pidal), esta ya no se mencionará explícitamente entre las asignaturas que recoge la ley (tampoco en Moyano), aunque, como vamos a ver, siga siendo contenido de enseñanza en las materias filosóficas. Este hecho provoca que la serie englobe tanto libros específicamente de gramática general, como capítulos destinados a la GG en manuales únicos e, incluso, tomos concretos en el marco de obras en varios volúmenes.
Hechas estas aclaraciones, el objetivo de este artículo es presentar la serie textual que constituye la gramática general escolar en España, por lo que se va a hablar del contexto en el que se gesta y se va a ofrecer una relación de los textos que la conforman[4].
2. El contexto
La incorporación de la gramática general en las aulas en España se produce a finales del XVIII: la primera noticia que hemos recogido de redacción de un texto específico para su enseñanza es de 1769, los Elementos de Gramática General y Castellana compuestos por José Carbonell y Fogasse para el Colegio de las Escuelas Pías de Cádiz. Si bien desconocemos si llegó a imprimirse, poseemos noticias de su redacción entre 1769 y 1770 por una serie de cartas que el autor envió a Campomanes en 1770. Asimismo, la gramática general se incluye como contenido en el plan de estudios del Real Colegio de San Telmo de Sevilla ya en 1786 y en el del Seminario de San Felipe desde 1798 (v. García Folgado 2018). Desde finales del XVIII y durante la primera década del XIX se registra su presencia en las aulas a través de noticias y anuncios de cursos, programas de centros concretos, exámenes públicos, etc. Asimismo, el Reglamento de 1821 —vinculado con un pensamiento político de tipo liberal—, ya incluye la gramática general entre las materias de la segunda enseñanza; no obstante, entre 1823 y 1833, el absolutismo en lo político y un plan de estudios (el Plan Calomarde de 1825) de tendencia conservadora, hacen que la gramática general y la ideología aparentemente no se enseñen y los manuales se publiquen de forma esporádica (García Folgado 2014). El motivo de ello tiene que ver con una idea fundamental, vinculada con la cita anterior de Condillac y, muy especialmente, con las teorías de los ideólogos: si el arte de pensar y el arte de hablar son una misma cosa, mejorar los conocimientos lingüísticos de los ciudadanos significa capacitarles para pensar y actuar correctamente, con las derivaciones sociopolíticas que ello implica[5].
Muerto Fernando VII, el liberalismo político posibilita la entrada de estas materias, que ya aparecen en los planes y programas que se proyectan para la educación secundaria desde 1835. Como ya señaló Heredia (1982, 40):
había el general convencimiento de que el régimen representativo no podía subsistir sin una transformación cultural, que favoreciese por una parte el espíritu de tolerancia y la elevación del tono moral, y contribuyese por otra —con la desaparición de la ignorancia, supersticiones, milagrerías, rutinas…— al fomento del bienestar, la prosperidad la industria, la riqueza…
Esta idea se manifiesta de forma clara en la Exposición que el duque de Rivas antepone a su plan de estudios (1836):
Los progresos políticos están íntimamente relacionados con los progresos de la ilustración. En vano pretenderemos ser libres si no somos instruidos; y es bien cierto, Señora, que las instituciones políticas fundadas en la razón y en los más sanos principios, no lograrán jamás consolidarse, a no preceder aquella suma de instrucción necesaria para comprender su justicia y conveniencia […] los Gobiernos representativos, cuyo fin es poner en acción la inteligencia de la sociedad entera, tienen el mayor interés en que aquélla sea lo más perfecta posible, porque sólo así logran evitar el escollo de las peligrosas teorías y principios subversivos (apud Heredia 1982, 52. Los subrayados son nuestros).
Estos planteamientos son clave para la introducción de la GG en la enseñanza; ya Zollna y Eilers (2012,10), en el marco de su investigación sobre la recepción de las ideas "afrancesadas" en la España decimonónica clasificaron las fases político-sociales en dos categorías: "más liberales", en tanto que más propicias a los nuevos modelos de filosofía y gramática, y "menos liberales". Para estas autoras, los periodos más liberales en el XIX serían 1812-14, 1820-23, 1839-1847, 1868-74 y 1881-88. Si atendemos a los tres primeros[6], cabe destacar la importancia del modelo educativo liberal de las Cortes de Cádiz (v. Heredia 1982, 37-40) y la centralidad dada en dicho modelo al desarrollo de la razón como elemento clave en la formación de la ciudadanía (v. García Folgado 2014).
No es de extrañar, pues, que el 25 de junio de 1835 María Cristina de Borbón, Reina Regente de España, expida una Real Orden encargando a Bartolomé José Gallardo, en ese momento Bibliotecario de las Cortes, "componer una Gramática filosófica de la Lengua Castellana que pueda servir de texto en los Estudios del Reino" (Sáinz Rodríguez 1921, 213; v. Ridruejo 1997, 284, n. 3). Ese mismo día, la Regente, en consonancia con la secularización que demanda el nuevo estado liberal, firma una R. O. que manda "que cesen con el curso actual las enseñanzas públicas de filosofía y facultades mayores en las casas de religiosos" al considerar que estas corporaciones
no han podido prestarse á satisfacer las necesidades intelectuales siempre crecientes de las épocas posteriores, por ser propio de sus instituciones el apego á las tradiciones antiguas que fundaron su gloria […] Éste espíritu conservador, que comunmente es un bien para la sociedad, no lo es en lo que toca a la cultura del entendimiento humano y á la educación de la juventud (Gaceta de Madrid, n.º 176, 25 de junio de 1835, 701-702).
Unos meses después, la GG y la Ideología aparecen ya en algunos planes de estudios de Institutos provinciales, como el del Instituto Balear, inspirado en las ideas de Jovellanos ("Plan de las escuelas que han de establecerse en esta provincia aprobado por S. M. en real orden de 25 de agosto último, según le formó una comisión de la Real Sociedad económica Mallorquina", Diario Balear, n.º 3, 3 de octubre de 1835). Asimismo, el cambio de orientación se aprecia claramente en el prólogo a la traducción de las Lecciones de Filosofía, ó ensayo sobre las facultades del alma de Laromiguière que publica Miguel Blasco ese mismo año:
Cuando comencé à poner en castellano esta obra, no tenia mas objeto que facilitarme el, estudio de la filosofia: mas conociendo despues lo útil que puede ser al público, resolvi publicar la traduccion; pero no me atrevi a hacerlo cuando en España era mirado con sobrecejo todo lo que oliese á rectitud, razon, discurso. La publico ahora que tanto ha mejorado nuestra condición por la maternal solicitud de la gran CRISTINA (1835, Prólogo del traductor. El subrayado es nuestro).
Paralelamente a este proceso, entre 1836 y 1845, se institucionaliza en España la enseñanza secundaria y se crean los primeros Institutos de Enseñanzas Medias. Es un proceso complejo, iniciado a finales del XVIII, y que conlleva una transformación de objeto y de perspectiva de la enseñanza intermedia entre las primeras letras y la Universidad, posibilitada por los cambios sociales, económicos, políticos y científicos que hace que pase a ocupar un lugar privilegiado en los planes de estudio (Viñao 1982, Guereña 1998, Ruiz Berrio 2006 y 2008). En 1836, el Plan Rivas ya adopta la estructura y enfoque que marcaría este nivel educativo hasta el siglo XX. En él se indica que "la instrucción secundaria comprende aquellos estudios […] que son necesarios para completar la educación general de las clases acomodadas, y seguir con fruto las facultades mayores y escuelas especiales" (MEC 1979, 124), además, se denomina a los establecimientos públicos destinados a impartir estas enseñanzas "institutos".
No obstante, el plan apenas tuvo diez días de vigencia, por lo que el 26 de octubre de ese mismo año se promulga el Arreglo provisional de estudios para el próximo curso académico con el que en la práctica se funcionará los nueve años siguientes, sin que los sucesivos proyectos de ley o propuestas de planes de estudios (1838, 1841 y 1843) lo modifiquen sustancialmente. El Arreglo afecta únicamente a los conocidos como "estudios de filosofía", vinculados a las universidades; no obstante, ya desde 1835 y aun cuando no se aplicó el Plan Rivas, algunas ciudades importantes y capitales de provincia que carecían de Universidad recibieron autorización para la creación o la conversión de los Colegios de Humanidades en Institutos de Segunda Enseñanza[7] como Palma de Mallorca (R. O. 25 de agosto de 1835), Guadalajara (R. O. 17 de septiembre de 1837) o Murcia (5 de octubre de 1837); en 1839 se crearon los de Cáceres, Santander y Tudela y en 1840, el de Vergara. En 1841, se autoriza la creación de los de Soria, Burgos, Ciudad Real, Albacete, Córdoba, Gerona y Lérida y así sucesivamente en un proceso especialmente dinámico durante el periodo 1840-1845 (v. Viñao 1982, 334).
Ese desarrollo de la enseñanza secundaria, como se ha señalado, viene acompañado por la promoción por parte del gobierno de una reforma en el ámbito filosófico en la que se rechaza la vieja filosofía escolástica y que se apoya en las corrientes que vienen de Francia, principalmente —el sensualismo de Condillac, la Ideología de Destutt, el sentimentalismo de Laromiguière o el espiritualismo ecléctico de Cousin, entre otras (v. Heredia 1982)—. Dicha reforma se llevará a cabo a través del cambio de orientación en las enseñanzas filosóficas y la puesta en marcha de nuevas asignaturas:
La necesidad imperiosa de echar los cimientos á una nueva educacion nacional exijia que no se respetasen los usos introducidos, las prácticas dominantes y las opiniones mas veneradas, porque las rutinas atacan todos los principios de buen orden, obstruyen las fuentes de la instruccion é impiden el desarrollo y el desenvolvimiento de las sanas ideas y de las sólidas doctrinas. Organizar la instruccion bajo una base general y bajo la influencia de buenos principios, á fin de que se perfeccionen los métodos y se rectifiquen los errores, es dar á las luces un movimiento uniforme, regular y fijo que domine por si mismo el estado moral de la nacion y corrija los defectos de la enseñanza pública (Orodea 1838, 3-4)
No obstante, coincidimos plenamente con Cuesta (2011, 290) cuando señala: "nos engañaríamos si pensáramos que el nacimiento de una disciplina escolar resulta simplemente de una decisión política tomada en un momento dado y convertida al instante en una realidad jurídica visible y tangible". En el caso de la GG, o, más extensamente, de la gramática filosófica, su presencia es una constante desde finales del XVIII, tanto por los motivos ideológicos ya expuestos como por cuestiones teóricas y pedagógicas: por un lado, se convierte en la corriente lingüística de referencia —por influencia de las obras francesas— para la conformación de la gramática escolar hispánica (v. García Folgado 2013 para el caso español y Lidgett 2015 para el caso argentino) y por otro, se posiciona como un saber de gran utilidad didáctica por su carácter propedéutico, en tanto que introducción a los principios generales de todas las lenguas (v. García Folgado 2006 y 2014).
La legislación apuntala ese proceso, dado que todos los planes y proyectos del periodo estudiado incorporan materias de orden filosófico-lingüístico, tal y como se puede ver en la tabla 1:
La gramática general en las aulas del siglo XIX (1836-1857). (1) Textos y documentos*
1. Introducción
El presente trabajo pretende ser una aportación a la historia de las enseñanzas lingüísticas en España; concretamente, nos ocupamos de las materias lingüístico-filosóficas y, específicamente, de la gramática general en el ámbito de la educación secundaria en el segundo tercio del siglo XIX.
El tema requiere de varias aclaraciones antes de empezar. La primera tiene que ver con la cronología: la historia de la enseñanza de la gramática en la España decimonónica se puede articular, desde una perspectiva externa, en dos momentos diferenciados[1], el primero de los cuales, comprendido entre 1813 y 1857 —entre el proyecto Quintana y la ley Moyano, momento en el que "se gestan las bases del sistema educativo" (Puelles 1980, 13)—, coincide con la introducción y eclosión del modelo gramatical "general" de tipo escolar en España, como demostró Brigitte Lépinette (2008). En un trabajo anterior en este mismo lugar (García Folgado 2014), nos dedicamos al periodo inicial (entre el Informe Quintana, 1813, y el final del Trienio liberal, 1823), por lo que esta aportación pretende continuar ese trabajo, así como el de la Dra. Lépinette, y se ocupa de los tratados escolares para las enseñanzas lingüístico-filosóficas publicados en el periodo comprendido entre la promulgación del Arreglo provisional de estudios para el próximo curso académico, decretado el 26 de octubre del año 1836 y la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, la llamada Ley Moyano.
La segunda aclaración tiene que ver con el enfoque adoptado. Entendemos por materias lingüístico-filosóficas aquellas que se ocupan de la relación entre el pensamiento y el lenguaje y pretenden introducir al alumnado en "el arte de pensar y hablar" con la finalidad principal de perfeccionar las ideas y expresarlas con exactitud. La premisa fundamental en la España de la primera mitad del XIX, fuertemente influenciada por el pensamiento filosófico francés, es, en palabras de Condillac, que
l’art de parler, l’art d’écrire, l’art de raisonner et l’art de penser ne sont, dans le fond, qu’un seul et même art. En effet, quand on sait penser, on sait raisonner ; et il ne reste plus, pour bien parler et pour bien écrire, qu’à parler comme on pense, et à écrire comme on parle […] L’art de parler n’est donc que l’art de penser et l’art de raisonner, qui se développe à mesure que les langues se perfectionnent; et il devient l’art d’écrire, lorsque il acquiert toute l’exactitude et toute la précision dont il est susceptible (Condillac 1794, 26-27).
La Gramática general, la Lógica, la Ideología[2] y, un poco más adelante, la Psicología van a conformar un conjunto de materias filosóficas donde la primera, entendida tanto como "filosofía gramatical" o "gramática filosófica" como "gramática científica", se va a ocupar, precisamente, de la expresión lingüística de las ideas. Este trabajo se centra en los textos que se ocupan de los contenidos de la filosofía gramatical, pero en ningún caso se va a tratar de la ciencia que, en palabras de un historiador decimonónico, "busca en el conocimiento de la humana inteligencia los principios generales de la buena expresión", ya que esa ciencia, en la consideración del mismo historiador, es para "vastas inteligencias" y no para "comprensiones inexpertas" (Ortiz 1856, 27). La siguiente cita de uno de los autores de los que nos ocupamos aquí (Orodea 1837) puede servirnos para ilustrar el hilo conductor de esta investigación:
Dedicado por compromiso á enseñar en este curso Lógica y Gramática general a unos niños que son discípulos mios en lenguas […] elegí, para que me sirviese de testo en las lecciones, el precioso opusculito del Sr. Hermosilla, titulado: Principios de Gramática general […]. En las primeras lecciones conocí que su estilo muy filosófico y que lleva el espíritu de sistema y de enlace en todo rigor, no se prestaba muchas veces á la inteligencia de los meros principiantes. Advertí esto mejor cuando despues de haber estudiado bien los niños un tratado, dándolo á la memoria, no respondian á las definiciones y preguntas sueltas en cada capítulo. Me apliqué á extractar, con el objeto de facilitar la inteligencia del testo, unas definiciones que les hiciesen entender aquellas mismas doctrinas del Sr. Hermosilla sin los atavíos del tono filosófico y observé que entendian con mucha claridad los buenos principios de la Gramática General (Orodea 1837, iii-iv. El subrayado es nuestro)
Los maestros como Placido María Orodea (1837), González de Soto (1840), Crespo (1841), o Parga (1841), entre otros (v. Lépinette 2008, 328-329), consideran la obra de Hermosilla —como la de Destutt, Condillac u otros autores de referencia del momento— excesivamente teórica para las capacidades de su alumnado, muy densa y extensa para el objeto de las lecciones que prevé la legislación: "Los Principios del Sr. Hermosilla, de mérito justamente reconocido, y adoptados en la mayor parte de las universidades y colegios, son demasiado extensos respectivamente a las lecciones prescritas, según ha demostrado la práctica" (Crespo 1841, Prólogo). De ahí, que asuman la tarea de redactar "obras más ajustadas al marco temporal, a la edad de los alumnos y, quizá, también a [sus] conocimientos o hábitos de enseñanza" (Lépinette 2008, 329).
Los autores de estos Compendios, Rudimentos, Nociones o Lecciones elementales, conscientes de la necesidad de contenidos gramaticales específicos para las aulas, llevan a cabo diversas operaciones de abstracción y adaptación[3], estableciendo una distancia entre esta gramática general pedagógica y la gramática general científica; el prólogo de Melchor Ignacio Díaz (1841), por ejemplo, es muy revelador dado que detalla todo el proceso y si bien indica claramente que su obra es didáctica y se ha escrito "para instruir", es plenamente consciente de que no se trata de banalizar el saber, sino de reelaborarlo:
A toda enseñanza conviene la sencillez: basta ordenar bien las nociones para que su estudio sea generalmente fácil, breve y útil; pero no alcanza el saber humano á quitar de las materias toda dificultad.
Al componer una obra científica es muy difícil establecer perfectamente bien la cadena, á que se deben sujetar las verdades, segun su derivacion. Yo he abierto un camino enteramente nuevo: no presumo que haya dejado de caer en algunos deslices, aunque he procurado no incurrir en ellos. La perfeccion ó hechura de lo mejor, apenas se ha concedido á los mortales. El público ilustrado juzgará si he comprendido en qué consiste la lógica, si la he presentado bajo su verdadero punto de vista, si la he tratado dentro de sus límites, si he simplificado su método y facilitado el estudio (Díaz 1841, xii).
La última aclaración tiene que ver con la naturaleza de los textos aquí recogidos en relación con la institución escolar: la gramática general (a partir de aquí, GG) solo va a aparecer explícitamente mencionada en dos textos legislativos del periodo, en el Arreglo de 1836 y en el Decreto de 8 de junio de 1843 entre los contenidos que configuran los estudios preliminares de la Facultad de Filosofía para la obtención del grado de bachiller, preparatorios para las demás facultades. La consecuencia inmediata de la introducción de la gramática general como materia de enseñanza y la ya mencionada necesidad de adaptar sus contenidos es la aparición de una serie textual (Haβler 2002 y 2010; Zamorano Aguilar 2013 y 2017; Gaviño Rodríguez 2020) configurada por los manuales escolares producidos para la enseñanza de esas asignaturas. No obstante, por lo que toca específicamente a la GG, a partir de 1845, con la promulgación del Real Decreto aprobando el Plan General de estudios (Plan Pidal), esta ya no se mencionará explícitamente entre las asignaturas que recoge la ley (tampoco en Moyano), aunque, como vamos a ver, siga siendo contenido de enseñanza en las materias filosóficas. Este hecho provoca que la serie englobe tanto libros específicamente de gramática general, como capítulos destinados a la GG en manuales únicos e, incluso, tomos concretos en el marco de obras en varios volúmenes.
Hechas estas aclaraciones, el objetivo de este artículo es presentar la serie textual que constituye la gramática general escolar en España, por lo que se va a hablar del contexto en el que se gesta y se va a ofrecer una relación de los textos que la conforman[4].
2. El contexto
La incorporación de la gramática general en las aulas en España se produce a finales del XVIII: la primera noticia que hemos recogido de redacción de un texto específico para su enseñanza es de 1769, los Elementos de Gramática General y Castellana compuestos por José Carbonell y Fogasse para el Colegio de las Escuelas Pías de Cádiz. Si bien desconocemos si llegó a imprimirse, poseemos noticias de su redacción entre 1769 y 1770 por una serie de cartas que el autor envió a Campomanes en 1770. Asimismo, la gramática general se incluye como contenido en el plan de estudios del Real Colegio de San Telmo de Sevilla ya en 1786 y en el del Seminario de San Felipe desde 1798 (v. García Folgado 2018). Desde finales del XVIII y durante la primera década del XIX se registra su presencia en las aulas a través de noticias y anuncios de cursos, programas de centros concretos, exámenes públicos, etc. Asimismo, el Reglamento de 1821 —vinculado con un pensamiento político de tipo liberal—, ya incluye la gramática general entre las materias de la segunda enseñanza; no obstante, entre 1823 y 1833, el absolutismo en lo político y un plan de estudios (el Plan Calomarde de 1825) de tendencia conservadora, hacen que la gramática general y la ideología aparentemente no se enseñen y los manuales se publiquen de forma esporádica (García Folgado 2014). El motivo de ello tiene que ver con una idea fundamental, vinculada con la cita anterior de Condillac y, muy especialmente, con las teorías de los ideólogos: si el arte de pensar y el arte de hablar son una misma cosa, mejorar los conocimientos lingüísticos de los ciudadanos significa capacitarles para pensar y actuar correctamente, con las derivaciones sociopolíticas que ello implica[5].
Muerto Fernando VII, el liberalismo político posibilita la entrada de estas materias, que ya aparecen en los planes y programas que se proyectan para la educación secundaria desde 1835. Como ya señaló Heredia (1982, 40):
había el general convencimiento de que el régimen representativo no podía subsistir sin una transformación cultural, que favoreciese por una parte el espíritu de tolerancia y la elevación del tono moral, y contribuyese por otra —con la desaparición de la ignorancia, supersticiones, milagrerías, rutinas…— al fomento del bienestar, la prosperidad la industria, la riqueza…
Esta idea se manifiesta de forma clara en la Exposición que el duque de Rivas antepone a su plan de estudios (1836):
Los progresos políticos están íntimamente relacionados con los progresos de la ilustración. En vano pretenderemos ser libres si no somos instruidos; y es bien cierto, Señora, que las instituciones políticas fundadas en la razón y en los más sanos principios, no lograrán jamás consolidarse, a no preceder aquella suma de instrucción necesaria para comprender su justicia y conveniencia […] los Gobiernos representativos, cuyo fin es poner en acción la inteligencia de la sociedad entera, tienen el mayor interés en que aquélla sea lo más perfecta posible, porque sólo así logran evitar el escollo de las peligrosas teorías y principios subversivos (apud Heredia 1982, 52. Los subrayados son nuestros).
Estos planteamientos son clave para la introducción de la GG en la enseñanza; ya Zollna y Eilers (2012,10), en el marco de su investigación sobre la recepción de las ideas "afrancesadas" en la España decimonónica clasificaron las fases político-sociales en dos categorías: "más liberales", en tanto que más propicias a los nuevos modelos de filosofía y gramática, y "menos liberales". Para estas autoras, los periodos más liberales en el XIX serían 1812-14, 1820-23, 1839-1847, 1868-74 y 1881-88. Si atendemos a los tres primeros[6], cabe destacar la importancia del modelo educativo liberal de las Cortes de Cádiz (v. Heredia 1982, 37-40) y la centralidad dada en dicho modelo al desarrollo de la razón como elemento clave en la formación de la ciudadanía (v. García Folgado 2014).
No es de extrañar, pues, que el 25 de junio de 1835 María Cristina de Borbón, Reina Regente de España, expida una Real Orden encargando a Bartolomé José Gallardo, en ese momento Bibliotecario de las Cortes, "componer una Gramática filosófica de la Lengua Castellana que pueda servir de texto en los Estudios del Reino" (Sáinz Rodríguez 1921, 213; v. Ridruejo 1997, 284, n. 3). Ese mismo día, la Regente, en consonancia con la secularización que demanda el nuevo estado liberal, firma una R. O. que manda "que cesen con el curso actual las enseñanzas públicas de filosofía y facultades mayores en las casas de religiosos" al considerar que estas corporaciones
no han podido prestarse á satisfacer las necesidades intelectuales siempre crecientes de las épocas posteriores, por ser propio de sus instituciones el apego á las tradiciones antiguas que fundaron su gloria […] Éste espíritu conservador, que comunmente es un bien para la sociedad, no lo es en lo que toca a la cultura del entendimiento humano y á la educación de la juventud (Gaceta de Madrid, n.º 176, 25 de junio de 1835, 701-702).
Unos meses después, la GG y la Ideología aparecen ya en algunos planes de estudios de Institutos provinciales, como el del Instituto Balear, inspirado en las ideas de Jovellanos ("Plan de las escuelas que han de establecerse en esta provincia aprobado por S. M. en real orden de 25 de agosto último, según le formó una comisión de la Real Sociedad económica Mallorquina", Diario Balear, n.º 3, 3 de octubre de 1835). Asimismo, el cambio de orientación se aprecia claramente en el prólogo a la traducción de las Lecciones de Filosofía, ó ensayo sobre las facultades del alma de Laromiguière que publica Miguel Blasco ese mismo año:
Cuando comencé à poner en castellano esta obra, no tenia mas objeto que facilitarme el, estudio de la filosofia: mas conociendo despues lo útil que puede ser al público, resolvi publicar la traduccion; pero no me atrevi a hacerlo cuando en España era mirado con sobrecejo todo lo que oliese á rectitud, razon, discurso. La publico ahora que tanto ha mejorado nuestra condición por la maternal solicitud de la gran CRISTINA (1835, Prólogo del traductor. El subrayado es nuestro).
Paralelamente a este proceso, entre 1836 y 1845, se institucionaliza en España la enseñanza secundaria y se crean los primeros Institutos de Enseñanzas Medias. Es un proceso complejo, iniciado a finales del XVIII, y que conlleva una transformación de objeto y de perspectiva de la enseñanza intermedia entre las primeras letras y la Universidad, posibilitada por los cambios sociales, económicos, políticos y científicos que hace que pase a ocupar un lugar privilegiado en los planes de estudio (Viñao 1982, Guereña 1998, Ruiz Berrio 2006 y 2008). En 1836, el Plan Rivas ya adopta la estructura y enfoque que marcaría este nivel educativo hasta el siglo XX. En él se indica que "la instrucción secundaria comprende aquellos estudios […] que son necesarios para completar la educación general de las clases acomodadas, y seguir con fruto las facultades mayores y escuelas especiales" (MEC 1979, 124), además, se denomina a los establecimientos públicos destinados a impartir estas enseñanzas "institutos".
No obstante, el plan apenas tuvo diez días de vigencia, por lo que el 26 de octubre de ese mismo año se promulga el Arreglo provisional de estudios para el próximo curso académico con el que en la práctica se funcionará los nueve años siguientes, sin que los sucesivos proyectos de ley o propuestas de planes de estudios (1838, 1841 y 1843) lo modifiquen sustancialmente. El Arreglo afecta únicamente a los conocidos como "estudios de filosofía", vinculados a las universidades; no obstante, ya desde 1835 y aun cuando no se aplicó el Plan Rivas, algunas ciudades importantes y capitales de provincia que carecían de Universidad recibieron autorización para la creación o la conversión de los Colegios de Humanidades en Institutos de Segunda Enseñanza[7] como Palma de Mallorca (R. O. 25 de agosto de 1835), Guadalajara (R. O. 17 de septiembre de 1837) o Murcia (5 de octubre de 1837); en 1839 se crearon los de Cáceres, Santander y Tudela y en 1840, el de Vergara. En 1841, se autoriza la creación de los de Soria, Burgos, Ciudad Real, Albacete, Córdoba, Gerona y Lérida y así sucesivamente en un proceso especialmente dinámico durante el periodo 1840-1845 (v. Viñao 1982, 334).
Ese desarrollo de la enseñanza secundaria, como se ha señalado, viene acompañado por la promoción por parte del gobierno de una reforma en el ámbito filosófico en la que se rechaza la vieja filosofía escolástica y que se apoya en las corrientes que vienen de Francia, principalmente —el sensualismo de Condillac, la Ideología de Destutt, el sentimentalismo de Laromiguière o el espiritualismo ecléctico de Cousin, entre otras (v. Heredia 1982)—. Dicha reforma se llevará a cabo a través del cambio de orientación en las enseñanzas filosóficas y la puesta en marcha de nuevas asignaturas:
La necesidad imperiosa de echar los cimientos á una nueva educacion nacional exijia que no se respetasen los usos introducidos, las prácticas dominantes y las opiniones mas veneradas, porque las rutinas atacan todos los principios de buen orden, obstruyen las fuentes de la instruccion é impiden el desarrollo y el desenvolvimiento de las sanas ideas y de las sólidas doctrinas. Organizar la instruccion bajo una base general y bajo la influencia de buenos principios, á fin de que se perfeccionen los métodos y se rectifiquen los errores, es dar á las luces un movimiento uniforme, regular y fijo que domine por si mismo el estado moral de la nacion y corrija los defectos de la enseñanza pública (Orodea 1838, 3-4)
No obstante, coincidimos plenamente con Cuesta (2011, 290) cuando señala: "nos engañaríamos si pensáramos que el nacimiento de una disciplina escolar resulta simplemente de una decisión política tomada en un momento dado y convertida al instante en una realidad jurídica visible y tangible". En el caso de la GG, o, más extensamente, de la gramática filosófica, su presencia es una constante desde finales del XVIII, tanto por los motivos ideológicos ya expuestos como por cuestiones teóricas y pedagógicas: por un lado, se convierte en la corriente lingüística de referencia —por influencia de las obras francesas— para la conformación de la gramática escolar hispánica (v. García Folgado 2013 para el caso español y Lidgett 2015 para el caso argentino) y por otro, se posiciona como un saber de gran utilidad didáctica por su carácter propedéutico, en tanto que introducción a los principios generales de todas las lenguas (v. García Folgado 2006 y 2014).
La legislación apuntala ese proceso, dado que todos los planes y proyectos del periodo estudiado incorporan materias de orden filosófico-lingüístico, tal y como se puede ver en la tabla 1:
Tabla 1. Materias filosófico-lingüísticas en los planes de estudio entre 1836 y 1857[10]
En la prensa del periodo, y en especial en los Boletines oficiales de las diversas provincias, se encuentran informaciones de interés que permiten constatar no solo la presencia de la gramática general como contenido, sino también atisbar cuál era el papel que se le otorgaba, quiénes eran los profesores encargados de impartir dicha materia, qué autores y obras se recomendaban, e incluso, qué contenidos comprendía. Obsérvense, por ejemplo, las preguntas que se realizaron en los exámenes generales celebrados los días 10 y 12 de junio de 1844 en el Instituto de Segunda Enseñanza de Guadalajara en la materia que aparece denominada —en continuidad con la formulación del Arreglo— como lógica y gramática general:
1.ª Los advervios son absolutamente necesarios?
2.ª Cuantas y cuales son las diferentes especies de idear atendiendo á su origen, sus definiciones?
3.ª A que número han reducido los gramáticos los accidentes gramaticales del vervo?
4.ª Que es pensar si el pensamiento es anterior á la palabra? (Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, n.º 79, 1 de julio de 1844, 2-3).
La desaparición de la Ideología y la GG como materias de estudio en la enseñanza secundaria en el Plan Pidal[11] se consuma a partir de 1857, con la promulgación de la Ley Moyano, y como materias filosóficas se mantienen los Elementos o Principios de Psicología y Lógica; no obstante, la vinculación de la gramática general con la lógica, o, en otro orden, con la gramática de las lenguas modernas y clásicas, hace de su enseñanza algo generalizado y asumido a partir de la década de los 40, aunque no aparezca la materia nombrada como tal, por lo que la GG seguirá formando parte de los programas de estudio que desarrollan la ley general, aparecerá en los planes de centros concretos[12], en los exámenes para el alumnado y para el acceso a plazas de profesorado[13] y en las listas de textos aprobados (y rechazados) para la enseñanza.
Los Programas para las asignaturas de Filosofía: publicados por la Direccion General de Instrucción Pública, con arreglo á lo dispuesto en la Real órden de 24 de julio de 1846 (1 de agosto de 1846), que concretan el Plan Pidal (1845) muestran que la materia Lógica engloba igualmente tanto la Ideología, como la GG:
El estudio de la lógica exige:
1.º Algunas nociones de la ciencia que trata del alma y sus facultades, ó Psicología.
2.º El conocimiento y clasificación de las ideas, ó Ideología.
3.º El conocimiento de los signos con que se enuncian las ideas, ó Gramática general.
4.º El conocimiento de los fundamentos de nuestros juicios, y reglas para la indagación de la verdad, ó Crítica.
5.º El conocimiento de los medios de llegar á la verdad por el raciocinio, ó Dialéctica. (Dirección General de Instrucción Pública 1846, 36).
La parte del programa destinada a la GG comprende tres partes, una parte general, donde se aborda la teoría del signo —"¿Qué se entiende por signo? Signos del pensamiento. Del lenguaje en general. Del lenguaje hablado. Teoría del lenguaje hablado, ó gramática general—, una dedicada al "Análisis de la oración", donde se incluye la clasificación de las palabras y la teoría de las diferentes partes de la oracion, y otra destinada a la "Sintaxis de la oración", que incluye además de la concordancia, el régimen y la construcción, un ítem destinado a "la inversión ó hipérbaton" y otros dos destinados a la escritura: "De la escritura y sus especies. Origen y utilidad de la escritura alfabética" (Dirección General de Instrucción Pública 1846, 37-38).
Asimismo, en el programa de la materia de Filosofía y su historia (correspondiente a los Estudios de ampliación), vuelve a aparecer la división de la lógica en gramática general, crítica y dialéctica. Los contenidos de GG se concretan mucho —no parece que los legisladores quisieran dejar mucho margen de libertad a los catedráticos— y se articulan en cinco partes y, además de los aspectos introductorios, las clases de palabras y la sintaxis, se incluyen contenidos vinculados a los principios generales comunes a todas las lenguas y aspectos relacionados con el origen y la diversidad de lenguas.
Conexion de la gramática con la psicología.
Influencia recíproca de los signos en las ideas, y de estas en los signos. División de los signos en artificiales y naturales.
La palabra no solo es signo, sino expresión de la idea.
La idea es el alma de la palabra.
Los errores que suelen atribuirse á la imperfección de los idiomas proceden de las ideas.
Principios comunes á todos los idiomas.
Análisis ideológico de lo que sea lengua en general para descender á la clasificación de las palabras.
Clasificación ideológica de las palabras.
Teoría del sustantivo y del pronombre.
Id. del adjetivo y del artículo.
Del verbo.
Doctrina psicológica aplicada á la teoría del verbo.
Consideraciones sobre si existe un verbo único, y diferentes doctrinas que se han formado con este objetó.
División de los verbos.
Del verbo como parte esencial de la oracion.
Fundamentos de los modos y demas accidentes del verbo.
Consideraciones sobre las demas partes de la oracion.
Sintáxis de la oracion y sus fundamentos.
Consideraciones sobre la construcción, la concordancia y el régimen.
Causas de la variedad de los idiomas.
Idioma primitivo: pretensión de algunos idiomas á esta prerogativa (sic).
Consideraciones sobre la formación y progresos de los idiomas; y sobre las relaciones que tienen unos con otros.
¿Es posible una lengua perfecta y universal? ¿Sería útil? (Dirección General de Instrucción Pública 1846, 135-136).
Como se puede observar, además, desaparece la escritura, con lo que podríamos considerar que la GG en los estudios elementales se articula, en cierta medida, como continuadora de los estudios gramaticales previos, vinculados a las lenguas particulares (castellano y latín), mientras que en los estudios de ampliación se abre a consideraciones de rango más elevado; de ahí que se debata sobre el verbo único o sobre la lengua universal, entre otros temas. Esto coincide, en gran medida, con el planteamiento que subyace a la distribución de materias de la Facultad de Filosofía ya en 1843, donde se separa la GG (en primer curso) de la Ideología, Psicología y Lógica (en segundo); más claramente se ve en las disposiciones que se promulgan el 9 de junio para llevar a la práctica el Decreto en las que se indica:
La gramática general y principios de literatura, dando á conocer la antigua y la moderna, debe considerarse como el complemento del estudio de idiomas. Se dará a conocer el estudio del lenguaje, sus ventajas é influencia, determinando el distinto objeto de las gramáticas particulares, el de la general у el de la literatura, pasando despues á las nociones que son propias de cada una de ellas. El resto del curso se distribuirá en estas dos enseñanzas segun el profesor halle mas conveniente. Tres lecciones cada semana (Colección de Órdenes generales y especiales 1847, 255. El subrayado es nuestro).
En el marco de la enseñanza elemental, el programa coincide, en líneas generales, con el plan de Destutt, así como con el Compendio de Hermosilla (1841), Díaz (1841 y 1842), etc. y especialmente con Arbolí (1844) y podemos afirmar que es una división generalizada en el periodo, dado que se parte de una "concepción racionalista de la gramática sirve de fundamento a su división bipartita. En cada una de las partes, se estudia, respectivamente, las operaciones complementarias de la mente: el análisis y la síntesis" (Hernández 1982, 338).
En cuanto a la enseñanza de ampliación, este programa sigue en gran medida la organización del volumen 3.º de las Lecciones de filosofía ecléctica, dedicado a la GG, de García de Luna (1845). Tal y como señala Heredia (1982), en ese periodo la filosofía oficial se basa en el espiritualismo ecléctico, lo que se manifiesta claramente también, como se verá más abajo, en los manuales que se seleccionan para la enseñanza de esta materia, como el de Arbolí (1844) o la traducción de López de Uribe del Manual de Servant de Bauvais (21843).
En 1848, el programa diseñado por Somoza y Llanos para la materia de Psicología y Lógica en la Universidad Central incorpora la GG en las lecciones 55 a 71 de la parte destinada a la Lógica. Dicho programa se inicia con una parte general:
Qué quiere decir gramática. Caracteres científicos de la gramática general. Esta ciencia es la filosofía del lenguaje. Principios que establece esta ciencia comunes á todos los idiomas. Relaciones de la gramática con la ideología. Relaciones con la psicología. Análisis ideológico de lo que sea lenguaje en general (Somoza y Llanos 1848, 28).
Siguen las lecciones destinadas al análisis de la oración (caps. 56-65) y a la "clasificación ideológica de las palabras", y a continuación, pasa a ocuparse en la de la "Síntesis de la oración":
Qué debe entenderse por síntesis de la oracion. Sin la síntesis no hay oracion. Fundamento filosófico de la sintáxis. La filosofia marca las condiciones precisas para que la sintáxis se verifique. Partes en qué se divide la sintáxis. Concordancia, Regimen, Construccion. Consideraciones sobre las relaciones de estas parles.
Las dos últimas lecciones, tal y como marca el programa oficial, se destinan a la escritura.
De manera similar, el programa establecido por la R. O. de 20 de septiembre de 1850 para los institutos incluye dentro de programa de Psicología y Lógica (seis lecciones semanales), la GG (pero ya no la Ideología) con la siguiente relación de contenidos:
Gramática general. —Prenociones. —Teoría del signo. —Del lenguaje y de sus relaciones con el pensamiento. — Usos del lenguaje; sus formas; sus ventajas; su origen.
Análisis de la oracion. —Clasificacion filosófica de las voces. —Del nombre y de sus accidentes. —Del artículo. —Del pronombre. —Del verbo; teoría ideológica del verbo, y análisis filosófico de sus accidentes. —Del participio y demas nombres verbales (gerundio y supino). —Del adverbio. —De la preposicion. —De la conjuncion. —De la interjecion.
Síntesis de la oracion. —Fundamento filosófico de la sintáxis; de la concordancia; del régimen; de la construccion.
De la escritura: su orígen, sus diferentes clases, y sus progresos; ventajas de la escritura en general, y de la alfabética en particular (Programas para las asignaturas de Segunda Enseñanza 1850, 55).
Como se indicó al inicio, esta cuestión legal supone cambios en la serie textual —los propios Programas de 1846 indica la necesidad de formar "libros elementales arreglados á ellos"—, ya que se localizan menos tratados específicamente de gramática general y lo que encontramos, principalmente son partes, capítulos o volúmenes destinados a sus contenidos ligados a la Lógica, como se ve en los programas.
3. La enseñanza de la gramática general: los manuales
Al iniciarse el periodo, el autor de referencia para la enseñanza, que aparece citado en diferentes Programas como los de la Universidad de Valencia (1837), la Universidad Literaria de Madrid (Enciso 1838), o la Universidad de Valladolid (BOIP 1841, II, 357), parece ser Gómez de Hermosilla[14] (v. Lépinette 2008): "se hace creíble que por ser el mas manual y filosófico se haya adoptado en otras partes el libro del Sr. Hermosilla y si no se ha verificado esta adopcion en alguna Catedra, consistirá en que no se tenga noticia de una obrita tan bien escrita" (Orodea 1837, 69).
El 9 de octubre de 1841, sus Principios aparecen en la lista de obras aprobada por la Dirección General de Estudios para la enseñanza de la Gramática general (BOIP 1841, II, 200). En esa lista, además se recomienda un Compendio de Tracy traducido por García[15]. La lista también recomienda los Principios de Gramática general de Diego Madrazo y el Curso de filosofía elementar: comprendiendo la teoría de las ideas, la gramática general y la lógica de Martí de Eixalá publicados ese mismo año.
La preeminencia dada al texto de Hermosilla en el inicio del periodo tanto desde una perspectiva externa —su elección como manual de la asignatura para centros diversos y su aparición en los listados oficiales—, como desde una perspectiva interna —como referente teórico (v. García Folgado 2019)—, viene dada por varios factores:
1. El peso de su autor tanto en los ambientes culturales —en sus facetas de helenista y de Humanista— como educativos: hasta 1835 ocupó el cargo de Inspector general de Instrucción pública, el cual aprovechó para imponer su Arte de hablar (publicado en 1826) como libro de texto en Humanidades.
2. La inexistencia —al margen del propio texto de Hermosilla— de una gramática general autóctona autónoma y de peso suficiente (esto es, equiparable a los textos de Condillac, Destutt, etc.). Los textos anteriores —Pichó (1813, 1817 y 1818), Muñoz (1832) y Lacueva (1832)— o bien carecían de suficiente difusión —es el caso de Pichó, restringido al territorio valenciano, si bien es citado por los editores de Ballot (1840)—, de autonomía —Lacueva reconoce en el mismo prólogo su deuda con Destutt y Muñoz prácticamente traduce, con ciertas adaptaciones, a Condillac (v. Lépinette 2020)— o no respondían exactamente al modelo que demandaba el proyecto educativo del momento.
Ante este panorama, los catedráticos y profesores encargados de impartir gramática general en esos cursos llevan a cabo una labor de reelaboración y adaptación de los materiales a su alcance o que marca la ley, dentro de los parámetros del sistema de enseñanza de la época. A partir de 1842, las listas de textos recomendados para la enseñanza (Villalaín 1999) comienzan a proponer otros manuales, por ejemplo, Parga (1841) en el listado de mayo, Díaz (1841) en el de septiembre y Mata y Araujo (1842) en el de noviembre de ese mismo año; el Compendio de las lecciones de filosofía de Arbolí (1844) se declara útil para la enseñanza el 7 de octubre de 1845 y vuelve a aparecer recomendado en la R. O. de 22 de agosto de 1846 junto con Díaz de Baeza (1842). La R. O. de 22 de septiembre de 1849, recomienda los textos de Muñoz Garnica (1846) y Monlau y Rey (1849)[16] y, sin ánimo de extendernos más, en la R.O. de 18 de septiembre de 1853 aparecen para la segunda enseñanza, de nuevo Arbolí, Muñoz Garnica y Díaz de Baeza, mientras que, en la Facultad de Filosofía, para la ampliación de la Filosofía se recomiendan la traducción de López de Uribe del Manual de Servant de Bauvais (21843), Monlau y Rey y la GG de Núñez de Arenas (1847).
Además de los textos que figuran en los listados oficiales, se han localizado hasta el momento 51 manuales para la enseñanza de la filosofía gramatical publicados en España durante el periodo 1836-1857[17]:
1835 Gómez Hermosilla, José. Principios de gramática general, Madrid: Imprenta Real.
1836 *Camerino, Francisco de P. Lecciones de ideología. Cádiz[18].
1837 Anónimo [Gamundí, Juan]. Nociones elementales de Gramática general: redactadas de los mejores autores, para el curso escolar de 1836 a 1837. Palma: [Imprenta de B. Villalonga][19].
1837 Gómez Hermosilla, José. Principios de gramática general, Segunda edición, Madrid: Imprenta Real.
1837 Orodea, Plácido María. Definiciones de la gramática general, Valladolid: Dámaso Santaren.
1838 González Cabo-Reluz, Juan. Lecciones de Gramática General: Sumario cronológico de la Historia Universal dispuestos para la enseñanza de S. M. Dª. Isabel Segunda y de su augusta hermana / por su preceptor D. Juan Cabo-Reluz, doctor de la Universidad de Alcalá. Mss. II/3518 Biblioteca del Palacio Real, fols. 1-28.
1838 Moralejo, José María y Rubio, Luis. Primeros principios de gramática jeneral: aplicados al idioma castellano / por el Dr. Moralejo y Luis Rubio. Barcelona: Imp. de A. Bergnes.
1838 Servan Beauvais, M. / López de Uribe, José: Manual clásico de filosofía, escrita en francés por M. Servant Beauvais, Traducido arreglado y adicionado por Don José López de Uribe y Ossma. Catedrático de Lógica y de Gramática general en los Estudios de San Isidro de esta corte, Madrid, Imprenta de Don Ramón Verges, 2 tomos.
1839 La Cal, Gerónimo de. Lecciones elementales de Ideología, Gramática general y dialéctica: arregladas al estado actual de la ciencia lógica, Granada: Sanz.
1840 *D. M. G. Elementos de gramática general. Córdoba: Noguer y Manté[20].
1840 González de Soto, Julián. Compendio de Gramática general, ó sea introducción á las lenguas para que los niños no hayan de aprender distintas definiciones en las gramáticas particulares, Figueras: [s.n.], (Por Gregorio Matas y de Bodallés).
1840 *Lecciones de Ideología y Lógica estractadas de las obras de Varela, Condillac, Destut-Tracy, Locke y de Cousin, obra importante para el estudio de la Filosofía. Cádiz[21].
1841 Crespo, Juan Ignacio. Compendio de Gramática General. Madrid: Imp. de la Compañía de impresores.
1841 Díaz, Melchor Ignacio. Elementos de Ideología y Gramática General, Arte de pensar é Historia de la Lógica, así Científica como Practica. Granada: Imprenta de Sanz.
1841 Gómez Hermosilla, José. Principios de gramática general por D. José Gómez Hermosilla; tercera edición. Madrid: Imprenta Nacional.
1841 Diego Madrazo, Santiago. Principios de gramática general. Madrid: Imprenta nueva de Martín.
1841 Martí de Eixalá, Ramón. Curso de filosofía elementar: comprendiendo la teoría de las ideas, la gramática general y la lógica. Dedicado a las Universidades y Colejios de España. Barcelona: Imprenta de José María de Grau.
1841 Parga, Carlos. Rudimentos de gramática general: precedidos de unas breves nociones de ideología y terminados por un apéndice sobre la traducción / por Carlos Parga. San Sebastian: [s.n.] (Imprenta de Ignacio Ramón Baroja).
1842 Díaz, Melchor Ignacio. Principios de gramática general, escritos en diálogo. Granada: Imprenta de Sanz.
1842 Mata y Araujo, Luis de. Elementos de Gramática General con aplicación a la Castellana. Madrid: Calleja.
1843 Alonso, Celestino: Lecciones de filosofía: estractadas del curso escrito en francés por Ph. Damiron. Arregladas para los establecimientos de España por D. Celestino Alonso profesor de Ideología, Filosofía moral y Religión en el Instituto Cantábrico, vol. 2. Santander: Imprenta y Librería de Otero[22].
1843 Gómez Hermosilla, José: Compendio de gramática general para uso de los jóvenes que se dedican a dicho estudio, Madrid: Eusebio Aguado.
1843 Orodea, Plácido María: Compendio de las definiciones y principios de la gramática general, ó manual de los sistemas comparados de la filosofía gramatical, segunda edición. Valladolid: Dámaso Santarén.
1843 Servan Beauvais, M. / López de Uribe, José: Manual clásico de filosofía, escrita en francés por M. Servant Beauvais, Traducido arreglado y adicionado por Don José López de Uribe y Ossma. Catedrático de Lógica y de Gramática general en los Estudios de San Isidro de esta corte, segunda edición corregida y aumentada, Madrid: Imprenta de Don Ramón Verges, 2 tomos[23].
1844 Arbolí, Juan José: Compendio de las lecciones de filosofía que se enseñan en el colegio de Humanidades de San Felipe Nery de Cádiz, T. III. Gramática general. Cádiz: Imprenta de la Revista Médica.
1844 Lacueva, Francisco: Elementos de gramática general con relación a las lenguas orales. Segunda edición, redactada bajo un nuevo plan y considerablemente aumentada. Vitoria: Impr. y Lit. de Egaña y Cia.
1845 García de Luna, Tomás. Lecciones de Filosofía Ecléctica pronunciadas en el Ateneo de esta Corte por don Tomás García Luna. Gramática General o Filosofía del Lenguaje. Madrid: Imprenta y Librería de D. Ignacio Boix[24].
1845 Martí de Eixalá, Ramón: Curso de filosofía elemental, dedicado á las Universidades y Colejios de España... Segunda Parte: Gramatica general. Barcelona: Imprenta de José María de Grau[25].
1845 *La-Rosa y Ascaso, Manuel. Manual de filosofía mental y moral, dividido en dos cursos elementales: uno de los principios de moral y religión, y otro de psicología, ideología y lógica con unas quinientas preguntas en cada curso para uso de los cursantes de aquellas asignaturas y de los que se preparan para recibir el grado de bachiller; por el licenciado D. Manual La-Rosa y Ascaso, abogado de los tribunales del reino é individuo de la Academia de jurisprudencia aragonesa. Zaragoza: Imprenta de Cristóbal y J. M. Magallón[26].
1845 Somoza y Llanos, José: Curso completo de Filosofía ó compendio de lógica, matemáticas, gramática general, física esperimental, química, geografía, filosofía moral, fundamentos de religion, historia general, historia particular de España y Literatura. Valladolid: Imprenta de Manuel Aparicio, 3 vols. [27]
1846 Arbolí, Juan José. Compendio de las lecciones de filosofia que se enseñan en el colegio de humanidades de San Felipe Nery de Cádiz. Segunda edición. T. III. Gramática general. Cádiz: Imprenta de la Revista Médica.
1846 *L.T.S. Elementos de ideología dedicados á la juventud; por L.T.S. español interesado en el mejoramiento de su instrucción. Madrid: Imprenta del colegio de sordomudos[28].
1846 Muñoz y Garnica, Manuel. Manual de Lógica. Jaén: Imp. de D. José Francés[29].
1846 Orodea, Plácido María. Elementos de sicología, ideología y lógica con nociones de gramática general. Palencia: Gervasio Santos y Jerónimo Camazón.
1847 Núñez de Arenas, Isaac. Gramática general, escrita conforme al programa del gobierno, por Don Isaac Núñez de Arenas. Madrid: Imprenta de José María Alonso[30].
1847 Riesco Le-Grand, Inocencio. Compendio de Lógica, redactado según el programa de la Dirección General de Instrucción Pública, y conforme a las doctrinas de los autores que sirven de testo en las universidades. Madrid: Imprenta de D. S. Sausaque[31].
1847 Surís y Baster, Miguel. Curso de filosofía: arreglado para uso de los españoles y estrictamente conforme al programa publicado por el Ministerio de Instrucción Pública. Madrid: Librería de la Viuda Razola/ Barcelona Pont y Campins[32].
1848 Beato, Bartolomé. Tratado elemental de psicología, ideología, gramática general y lógica. Salamanca: Juan José Morán.
1848 García, Basilio. Teoría del discurso, ó elementos de Ideologia, Gramática, Lógica y Retórica. Madrid: Imprenda de J. Repullés.
1848 Martínez del Romero, Antonio (trad.) / Jacques, Amédée; Simon, Jules; Saisset, Emile. Manual de filosofía para el uso de los colejios. lntroduccion y Psicolojia por Amadeo Jacques, profesor de Filosofia en el colejio de Luis el Grande. Lójica e Historia de la Filosofia, por Julio Simon, profesor de la Escuela normal de la Facultad de letras de París. Moral y Teodicea, por Emilio Saisset, agregado á la Facultad de letras de París, profesor de la Escuela normal y en el colejio de Enrique IV. Obra aprobada por el Consejo de la Universidad. Versión española hecha de la segunda edición francesa. Madrid: Imprenta de Hilario[33].
1848 Peláez del Pozo, Julián & Somoza y Llanos, José. Curso elemental de psicología y lógica, que comprende: 1. Prolegómenos. 2. Psicología. 3. Ideología. 4. Gramática general. 5. Crítica. 6. Dialéctica, Madrid: Roman Matute[34].
1849 Besson, Eduardo Augusto de. La lógica en cuadros sinópticos, o sea, la asignatura de Lógica esplicada con arreglo en un todo al programa oficial por Eduardo A. de Besson. [S.l.] [s.n.] Burgos Imp. de Pascual Polo[35].
1849 DGCP. Elementos de Psicología y lógica. Vic: Imprenta de Felipe Tolosa[36].
1849 Ferrer y Parpal, Jaime. Gramática general: puesta al alcance de los niños y precedida de una cartilla castellana, para mayor ilustracion y enseñanza / por Jaime Ferrer y Parpal, Mahon: [s.n.] [Imprenta de D. G. Ignacio Serra].
1849 Monlau, Pedro F. & Rey y Heredia, José M. Curso de psicología y lógica para uso de los institutos y colegios de segunda enseñanza: Psicología por Pedro Felipe Monlau. Lógica por José María del Rey y Heredia. Madrid: Imp. de La Publicidad[37].
1850 Ortega y Espinós, José. Manual de psicología, ideología y gramática general. Barcelona: Miguel Sala.
1851 Xerez y Varona, Francisco. Gramática de la naturaleza, principios del lenguage articulado y preparación al estudio de los idiomas vulgares. Madrid: Imprenta de D. José Trujillo.
1851 Monlau, Pedro F. & Rey y Heredia, José M.: Curso de psicología y lógica escrito con arreglo al programa oficial de esta asignatura para uso de los institutos y colegios de segunda enseñanza: Psicología, por Pedro Felipe Monlau. Lógica, por José María del Rey y Heredia. Segunda edición. Madrid: Imp. y Estereotipia de M. Rivadeneyra.
1852 Núñez de Arenas, Isaac. Gramática general, escrita conforme al programa del gobierno. Segunda edición. Madrid: Establ. Tip. de Don José María Alonso[38].
1854 Díaz de Baeza, Juan. Elementos de psicología y lógica. Madrid: Imprenta del Boletín de Jurisprudencia[39].
1856 Monlau, Pedro F. & Rey y Heredia, José M.: Curso de psicología y lógica escrito con arreglo al programa oficial de esta asignatura para uso de los institutos y colegios de segunda enseñanza: Psicología, por Pedro Felipe Monlau. Lógica por José María del Rey y Heredia. Tercera edición. Madrid: Imp. de M. Rivadeneyra.
Si se observan el listado precedente, se ve de manera clara cómo progresa la serie de textos únicos de GG en la primera parte del periodo a textos que la incorporan como una parte de sus contenidos: un 35 % de los textos localizados (18) son manuales independientes y se concentran en el periodo 1836-1845; con posterioridad, dentro del marco temporal abordado, solo se encuentra una obra independiente, Ferrer y Parpal (1849). Tras 1857 y hasta el final del siglo, la nómina de textos de independientes de GG localizados se limita a la Gramática razonada de Flórez (1860, 2 vols.) y las Nociones de gramática general de Escriche y Fernández Iparraguirre (1884), ambos textos vinculados a la formación de maestros en las Escuelas Normales[40].
4. A modo de cierre
La serie textual conformada por los textos de gramática general publicados en la primera mitad del siglo XIX viene determinada, desde una perspectiva externa, por dos cuestiones fundamentales: la configuración de la enseñanza secundaria y la emergencia de los estudios filosóficos, ambos aspectos de suma importancia en el contexto político posterior a la muerte de Fernando VII. El liberalismo político, tal y como ocurrió con anterioridad en el trienio liberal, persigue una formación de la ciudadanía basada en la razón como fundamento de la nueva sociedad, por lo que la filosofía se concibe como piedra angular y como fundamento de todos los saberes y, en este sentido, la gramática general, así como la ideología y la lógica, al ocuparse de la relación entre la lengua y el pensamiento, cobran una especial significación. Este hecho hace que la gramática general se sitúe de manera explícita como materia de enseñanza entre 1836 y 1843, periodo liberal progresista, pero, tras esa fecha, aunque no desaparece de la enseñanza, es relegada a un lugar secundario, como parte de la Lógica. Este movimiento implica que los manuales únicos de GG se concentren en ese primer periodo, mientras que a partir de 1843 lo habitual es que la GG sea un capítulo o apartado de una obra mayor.
Queda, para la segunda parte de este trabajo, el análisis de la conformación interna de la serie textual.
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* Este trabajo se ha realizado en el marco del proyecto LinPePrensa, Ideas lingüísticas y pedagógicas en la prensa española del siglo XIX (ref. PGC2018-098509-B-I00), concedido en la convocatoria de 2018 de proyectos de I+D de "Generación de conocimiento" (Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades).
[1] La división en dos partes tiene que ver tanto con la promulgación de la ley Moyano (1857), como con la publicación de los textos escolares de la Academia, que se establecen como referente teórico hasta 1938 (si bien la obligatoriedad de su uso fluctúa, de acuerdo con los cambios legislativos).
[2] La bibliografía sobre las ideas filosóficas en materia gramatical es muy amplia; si nos centramos únicamente en España, en las últimas décadas no solo se han editado algunos trabajos póstumos de Schlieben-Lange (Schlieben-Lange y Zollna 2008), sino que se han abordado aspectos concretos de la recepción de las ideas francesas, especialmente de Destutt (Lépinette 2005 y 2011; Eilers 2011; Swiggers 2011), sobre influencias en autores concretos (Zamorano 2009, Eilers 2009 y 2012, Lépinette 2010 y 2011; García Folgado 2010, 2012, 2016, 2018 y 2019; etc.), sobre la Ideología en España (además de los trabajos clásicos de Hernández Guerrero 1982, Haβler 1990 o Sarmiento 1994, podemos mencionar los de Eilers 2008, 2009; Zollna 2004, 2008 y 2009, Eilers y Zollna 2012; Calero 2018), sobre la vinculación filosofía-gramática (Calero Vaquera 2009 y 2014), etc.
[3] Lépinette (1997), siguiendo a Chevalier (1968), denomina a este proceso de adaptación pedagógica "détournement". En el ámbito de las Didácticas específicas, se denomina "transposición didáctica" a la elaboración de los contenidos para el aula en relación con el saber científico de referencia (Chevallard 1991; Rodríguez Gonzalo 2000). Por su parte, Zamorano (2013), en su propuesta metodológica para la investigación con series textuales, introdujo la noción de "recontextualización" (o recepción con recontextualización educativa) que se enfoca no solo en el proceso de adaptación de los saberes a la práctica educativa, sino en la constitución de la serie textual y el proceso de evolución interno.
[4] Dejamos para la segunda parte de este trabajo el análisis interno de las obras, por lo que no entraremos aquí en esa cuestión ni en las disquisiciones acerca de las corrientes filosóficas a las que se adscriben (para esta cuestión y su relación bien con la enseñanza filosófica en el XIX, bien con las obras lingüísticas, véase Hernández Guerrero 1982, Heredia Soriano 1982 y Calero Vaquera 2018).
[5] Recuérdese que, tal y como señala López Rodríguez (2018, 19), "Destutt de Tracy y los ideólogos no reducían el significado de la ideología a la mera especulación, sino que proponían una comprensión de implantación política, al situar el estudio de las ideas al objetivo de alcanzar valores y conocimientos que contribuyesen al progreso social, político y económico. Los ideólogos no eran meros intelectuales, sino hombres de acción involucrados en los quehaceres de la Revolución Francesa". El propio Destutt indica
pour connaître réellement la marche de l’intelligence humaine et que cette connaissance est non seulement est nécessaire à l’étude des langues mais encore elle est la seule base solide des sciences morales et politiques dont ils voulaient à juste raison que tous les citoyens eussent des idées saines, sinon profondes : qu’en conséquence leur intention était que, sous ce nom de grammaire générale, on fit réellement un cours d’idéologie, de grammaire et de logique qui, en enseignant la philosophie du langage, servît d’introduction au cours de morale privée et publique (1800, 8. El subrayado es nuestro).
[6] Las autoras establecen el tercero entre el fin de la primera guerra carlista y el inicio de la segunda. No obstante, en este trabajo nos basamos para articular los periodos en las disposiciones legales, por lo que ese periodo comenzaría algo antes, en 1835 y acabaría en 1843; durante ese periodo, el liberalismo progresista detenta el poder y se acentúan las medidas liberales (v. Puelles 1980, cap. 4) y, en relación con el tema que nos ocupa, supone la presencia de la GG y la ideología como materias de enseñanza en la Educación Secundaria.
[7] Durante la etapa absolutista, y mientras se mantuvo vigente el Reglamento general para las Escuelas de latinidad y Colegios de Humanidades, de 29 de noviembre de 1825, solo las capitales de provincia y los pueblos con corregidor o alcalde mayor podían establecer un centro de segunda enseñanza dentro de los estrechos parámetros de la ley (v. Viñao 1994, 155).
[8] Este Decreto, promulgado durante la regencia de Espartero y el ministerio de Gómez de la Serna, pretendía la constitución de una facultad completa de Filosofía de rango equiparable a las "facultades mayores". El primer nivel de estudios, no obstante, seguía dentro de lo que en términos actuales se podría considerar etapa secundaria, dado que se denominaba "estudios preliminares", duraba tres años (exactamente igual que disponía el Arreglo) y su finalización daba derecho a la obtención del grado de bachiller y al acceso al resto de facultades mayores (vid. Jiménez García 2004).
[9] En 1847 se produce otra reforma del Plan Pidal y se publica un nuevo Reglamento (R.D. de 19 de agosto de 1847, aprobando el Reglamento de estudios, apud Hernández (1982, 247-249, n. 16) en el que la materia pasa a denominarse Psicología y Lógica (se imparte en 5.º año), que será el nombre con el que se incluirá en la Ley Moyano (véase tabla 1). En ambas reformas, se mantiene en los estudios de ampliación la materia Filosofía y su historia, en los estudios de Letras.
[10] Los textos legales se han consultado en Colección de ordenes generales (1847) y MEC (1979).
[11] En 1843, con la caída de Espartero, comienza un periodo de liberalismo moderado, lo cual explica, en cierta medida, esa desaparición de la Ideología y la GG como materias. Heredia (1982, cap. II, § 2) explica al detalle cómo ese cambio político supuso un giro en los estudios filosóficos.
[12] Así se observa, por ejemplo, en la Memoria del Instituto de Orense del curso 1859: "En la cátedra de psicología, lógica y ética, á pesar de lo múltiple de su asignatura en que como es sabido se comprende tambien la gramática general ó la filosofía del lenguaje, á pesar de no tener mas que una leccion diaria […] se ha recorrido todo el programa con aprovechamiento". Boletín Oficial de la provincia de Orense, n.º 13, 31 de enero de 1860.
[13] Un ejemplo de ello son las pruebas que ha de pasar el aspirante a Catedrático del Instituto de Lérida en 1841, en la materia Ideología, Moral y Religión —correspondiente al Plan Someruelos— donde se indica: "El aspirante expresará: I° la extensión que juzgue conveniente dar á la enseñanza de la ideología, comprendiendo en ella los tratados de lógica y gramática general, que tan estrecha relación tienen con la misma" (15.12.1841, BOIP 1841, II, 369).
[14] Los Principios de gramática general de Gómez de Hermosilla fueron escritos, como es sabido, hacia 1823 para el colegio de San Marcos, pero no se publicaron hasta 1835 (hay una segunda edición en 1837 y otra, póstuma, en 1841). Sobre esta obra, puede consultarse, entre otros, el trabajo clásico de Gómez Asencio (1981), donde se aborda el tratamiento de las categorías gramaticales en los Principios con detenimiento; Ridruejo (1997), quien se ocupa de la influencia de Hermosilla en otras gramáticas del periodo (principalmente, Saqueniza, Noboa y Mata); Eilers & Zollna (2001), quienes tratan la crítica de Hermosilla a la teoría del verbo único y Lépinette (2010 y 2011), sobre las fuentes de la Gramática de Hermosilla. Véanse también los trabajos de Val Álvaro (1983 y 1995), Cepedello Boiso (2004) y Eilers (2009).
[15] Con seguridad el texto legal se refiere a los Elementos de verdadera lógica: compendio ó sea estracto de los elementos de ideología del senador Destutt-Tracy, traducidos por Juan Justo García en 1821 y del cual hay una segunda edición, corregida, en 1843.
[16] También se recomiendan los Elementos del arte de pensar de Borrell traducido por Armendáriz y ampliado por Mata y Araujo (Madrid: Viuda e hijos de Calleja, 1844), quien remite a su propio manual de 1842 cuando aparecen cuestiones relacionadas con la GG.
[17] Se ofrecen las obras en orden cronológico; al ser referenciadas por extenso, excusamos su aparición en la bibliografía final. Únicamente se consideran los textos publicados en los territorios europeos, de ahí que se excluya del listado, por ejemplo, Reyes (1838). Se han eliminado de la lista las gramáticas particulares fundadas en los principios filosóficos como la de Novoa (1839) o Flórez (1853 y 1856), entre otras. Por último, con asterisco se han marcado los textos de los que tenemos noticias, pero no hemos localizado o no ha sido posible su consulta.
[18] Noticia en el Boletín Bibliográfico Español y Estranjero, n.º 3, 1 de febrero de 1863, x.
[19] Aparece sin autor. Lépinette (2008) registra la obra como de Juan Gamundés (así aparece también en el catálogo de la BNE). En Bover de Rosselló (1842: 130-131) aparece como autor Juan Gamundí. Con ese nombre también, se ha localizado en el Diario balear (n.º 44, 13 de febrero de 1834) el anuncio de las clases de "análisis gramatical y filosófica, aplicada práctica y simultáneamente á las lenguas latina y castellana" que el presbítero y preceptor de latinidad impartía en su casa.
[20] El único ejemplar localizado hasta el momento, en la Biblioteca Diocesana de Córdoba, no está disponible para consulta, al encontrarse muy deteriorado.
[21] Noticia en Bibliografia del Estudiante (1845: 29).
[22] La parte que corresponde a la GG en este manual a partir de la lección cuarta (págs. 122 y ss.) es una adaptación de la obra de Hermosilla y no de la de Damiron, tal y como reconoce su autor en nota.
[23] Se trata de una nueva edición muy modificada; tanto, de hecho, que no es propiamente ya una traducción (vid. Heredia 1982, § 7.2.2). La hemos incluido en la lista por su peso específico en las enseñanzas filosóficas pese a que esta edición no tiene GG como tal, sino que sus contenidos se hallan en la parte destinada a la Lógica.
[24] Aunque no lo pone en la portada, es el vol. III de las Lecciones.
[25] La primera parte se destina a la ideología o "teoría de las ideas" y a la lógica.
[26] Noticia en Boletín Bibliográfico Español y Estranjero, año VII, n.º 21, noviembre de 1846, 325, § 912 y en Hidalgo (1870: 60).
[27] La GG aparece en el primer volumen (pp. 295-325), junto con la lógica, la aritmética y la geometría aplicada al dibujo lineal.
[28] Noticia en Boletín Bibliográfico Español y Estranjero, año VII, n.º 19, octubre de 1846, 290, § 817.
[29] La parte tercera (pp. 69-108) se destina a la GG. El autor indica en el prólogo que escribió una primera versión de este texto en 1840, pero no se ha localizado hasta la fecha. Sí tenemos constancia de una reedición de esta obra de la mano de D.C.J., sin fecha, con el título de Definiciones de Lógica: Divididas en Psicologia-Ideologia-Gramática general-Crítica y Dialéctica. Extractadas del Manual de lógica de D. Manuel Muñoz Garcia por D.C.J. (Barcelona: Vallés, [s.a.]), aunque aparece el nombre del autor por error como García y no Garnica.
[30] Es la 1.ª parte del vol. II de Curso completo de filosofia para la enseñanza de ampliacion: conforme en un todo al plan y programa oficial de estudios vigentes y designado para testo por el Consejo de Instruccion Pública y adoptado en la Universidad de esta corte. Contiene: 1.º Psicología. 2.º Lógica. 3.º Gramática general. 4.º Moral. 5.º Historia de la filosofía. Madrid: Establecimiento Tipografico de F. de P. Mellado, 1846. La GG tiene portada y numeración propias.
[31] La GG ocupa la parte segunda (pp. 30-68).
[32] La GG es la 1.ª parte de la lógica, de la página 101 a la 180.
[33] Los contenidos de GG están en el capítulo XXVII de la lógica (pp. 227-253).
[34] La GG ocupa de la página 239 a la 302.
[35] La GG ocupa de la lección 33 a la 59.
[36] En BICRES IV, el autor aparece como Gervasi Costa (§ 2095). La GG aparece como 2.ª parte de la lógica, tras la ideología (pp. 175-212).
[37] La GG ocupa la parte tercera de la lógica (pp. 162-222).
[38] Vid. n. 31.
[39] La GG ocupa la parte tercera de la lógica (pp. 172-217).
[40] También se tiene noticias de un texto de Manuel Pérez y González titulado Gramática general (c. 1886) a través de La Unión: periódico de primera enseñanza, año VII, n.º 14, 11 de abril de 1886.
En la prensa del periodo, y en especial en los Boletines oficiales de las diversas provincias, se encuentran informaciones de interés que permiten constatar no solo la presencia de la gramática general como contenido, sino también atisbar cuál era el papel que se le otorgaba, quiénes eran los profesores encargados de impartir dicha materia, qué autores y obras se recomendaban, e incluso, qué contenidos comprendía. Obsérvense, por ejemplo, las preguntas que se realizaron en los exámenes generales celebrados los días 10 y 12 de junio de 1844 en el Instituto de Segunda Enseñanza de Guadalajara en la materia que aparece denominada —en continuidad con la formulación del Arreglo— como lógica y gramática general:
1.ª Los advervios son absolutamente necesarios?
2.ª Cuantas y cuales son las diferentes especies de idear atendiendo á su origen, sus definiciones?
3.ª A que número han reducido los gramáticos los accidentes gramaticales del vervo?
4.ª Que es pensar si el pensamiento es anterior á la palabra? (Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, n.º 79, 1 de julio de 1844, 2-3).
La desaparición de la Ideología y la GG como materias de estudio en la enseñanza secundaria en el Plan Pidal[11] se consuma a partir de 1857, con la promulgación de la Ley Moyano, y como materias filosóficas se mantienen los Elementos o Principios de Psicología y Lógica; no obstante, la vinculación de la gramática general con la lógica, o, en otro orden, con la gramática de las lenguas modernas y clásicas, hace de su enseñanza algo generalizado y asumido a partir de la década de los 40, aunque no aparezca la materia nombrada como tal, por lo que la GG seguirá formando parte de los programas de estudio que desarrollan la ley general, aparecerá en los planes de centros concretos[12], en los exámenes para el alumnado y para el acceso a plazas de profesorado[13] y en las listas de textos aprobados (y rechazados) para la enseñanza.
Los Programas para las asignaturas de Filosofía: publicados por la Direccion General de Instrucción Pública, con arreglo á lo dispuesto en la Real órden de 24 de julio de 1846 (1 de agosto de 1846), que concretan el Plan Pidal (1845) muestran que la materia Lógica engloba igualmente tanto la Ideología, como la GG:
El estudio de la lógica exige:
1.º Algunas nociones de la ciencia que trata del alma y sus facultades, ó Psicología.
2.º El conocimiento y clasificación de las ideas, ó Ideología.
3.º El conocimiento de los signos con que se enuncian las ideas, ó Gramática general.
4.º El conocimiento de los fundamentos de nuestros juicios, y reglas para la indagación de la verdad, ó Crítica.
5.º El conocimiento de los medios de llegar á la verdad por el raciocinio, ó Dialéctica. (Dirección General de Instrucción Pública 1846, 36).
La parte del programa destinada a la GG comprende tres partes, una parte general, donde se aborda la teoría del signo —"¿Qué se entiende por signo? Signos del pensamiento. Del lenguaje en general. Del lenguaje hablado. Teoría del lenguaje hablado, ó gramática general—, una dedicada al "Análisis de la oración", donde se incluye la clasificación de las palabras y la teoría de las diferentes partes de la oracion, y otra destinada a la "Sintaxis de la oración", que incluye además de la concordancia, el régimen y la construcción, un ítem destinado a "la inversión ó hipérbaton" y otros dos destinados a la escritura: "De la escritura y sus especies. Origen y utilidad de la escritura alfabética" (Dirección General de Instrucción Pública 1846, 37-38).
Asimismo, en el programa de la materia de Filosofía y su historia (correspondiente a los Estudios de ampliación), vuelve a aparecer la división de la lógica en gramática general, crítica y dialéctica. Los contenidos de GG se concretan mucho —no parece que los legisladores quisieran dejar mucho margen de libertad a los catedráticos— y se articulan en cinco partes y, además de los aspectos introductorios, las clases de palabras y la sintaxis, se incluyen contenidos vinculados a los principios generales comunes a todas las lenguas y aspectos relacionados con el origen y la diversidad de lenguas.
Conexion de la gramática con la psicología.
Influencia recíproca de los signos en las ideas, y de estas en los signos. División de los signos en artificiales y naturales.
La palabra no solo es signo, sino expresión de la idea.
La idea es el alma de la palabra.
Los errores que suelen atribuirse á la imperfección de los idiomas proceden de las ideas.
Principios comunes á todos los idiomas.
Análisis ideológico de lo que sea lengua en general para descender á la clasificación de las palabras.
Clasificación ideológica de las palabras.
Teoría del sustantivo y del pronombre.
Id. del adjetivo y del artículo.
Del verbo.
Doctrina psicológica aplicada á la teoría del verbo.
Consideraciones sobre si existe un verbo único, y diferentes doctrinas que se han formado con este objetó.
División de los verbos.
Del verbo como parte esencial de la oracion.
Fundamentos de los modos y demas accidentes del verbo.
Consideraciones sobre las demas partes de la oracion.
Sintáxis de la oracion y sus fundamentos.
Consideraciones sobre la construcción, la concordancia y el régimen.
Causas de la variedad de los idiomas.
Idioma primitivo: pretensión de algunos idiomas á esta prerogativa (sic).
Consideraciones sobre la formación y progresos de los idiomas; y sobre las relaciones que tienen unos con otros.
¿Es posible una lengua perfecta y universal? ¿Sería útil? (Dirección General de Instrucción Pública 1846, 135-136).
Como se puede observar, además, desaparece la escritura, con lo que podríamos considerar que la GG en los estudios elementales se articula, en cierta medida, como continuadora de los estudios gramaticales previos, vinculados a las lenguas particulares (castellano y latín), mientras que en los estudios de ampliación se abre a consideraciones de rango más elevado; de ahí que se debata sobre el verbo único o sobre la lengua universal, entre otros temas. Esto coincide, en gran medida, con el planteamiento que subyace a la distribución de materias de la Facultad de Filosofía ya en 1843, donde se separa la GG (en primer curso) de la Ideología, Psicología y Lógica (en segundo); más claramente se ve en las disposiciones que se promulgan el 9 de junio para llevar a la práctica el Decreto en las que se indica:
La gramática general y principios de literatura, dando á conocer la antigua y la moderna, debe considerarse como el complemento del estudio de idiomas. Se dará a conocer el estudio del lenguaje, sus ventajas é influencia, determinando el distinto objeto de las gramáticas particulares, el de la general у el de la literatura, pasando despues á las nociones que son propias de cada una de ellas. El resto del curso se distribuirá en estas dos enseñanzas segun el profesor halle mas conveniente. Tres lecciones cada semana (Colección de Órdenes generales y especiales 1847, 255. El subrayado es nuestro).
En el marco de la enseñanza elemental, el programa coincide, en líneas generales, con el plan de Destutt, así como con el Compendio de Hermosilla (1841), Díaz (1841 y 1842), etc. y especialmente con Arbolí (1844) y podemos afirmar que es una división generalizada en el periodo, dado que se parte de una "concepción racionalista de la gramática sirve de fundamento a su división bipartita. En cada una de las partes, se estudia, respectivamente, las operaciones complementarias de la mente: el análisis y la síntesis" (Hernández 1982, 338).
En cuanto a la enseñanza de ampliación, este programa sigue en gran medida la organización del volumen 3.º de las Lecciones de filosofía ecléctica, dedicado a la GG, de García de Luna (1845). Tal y como señala Heredia (1982), en ese periodo la filosofía oficial se basa en el espiritualismo ecléctico, lo que se manifiesta claramente también, como se verá más abajo, en los manuales que se seleccionan para la enseñanza de esta materia, como el de Arbolí (1844) o la traducción de López de Uribe del Manual de Servant de Bauvais (21843).
En 1848, el programa diseñado por Somoza y Llanos para la materia de Psicología y Lógica en la Universidad Central incorpora la GG en las lecciones 55 a 71 de la parte destinada a la Lógica. Dicho programa se inicia con una parte general:
Qué quiere decir gramática. Caracteres científicos de la gramática general. Esta ciencia es la filosofía del lenguaje. Principios que establece esta ciencia comunes á todos los idiomas. Relaciones de la gramática con la ideología. Relaciones con la psicología. Análisis ideológico de lo que sea lenguaje en general (Somoza y Llanos 1848, 28).
Siguen las lecciones destinadas al análisis de la oración (caps. 56-65) y a la "clasificación ideológica de las palabras", y a continuación, pasa a ocuparse en la de la "Síntesis de la oración":
Qué debe entenderse por síntesis de la oracion. Sin la síntesis no hay oracion. Fundamento filosófico de la sintáxis. La filosofia marca las condiciones precisas para que la sintáxis se verifique. Partes en qué se divide la sintáxis. Concordancia, Regimen, Construccion. Consideraciones sobre las relaciones de estas parles.
Las dos últimas lecciones, tal y como marca el programa oficial, se destinan a la escritura.
De manera similar, el programa establecido por la R. O. de 20 de septiembre de 1850 para los institutos incluye dentro de programa de Psicología y Lógica (seis lecciones semanales), la GG (pero ya no la Ideología) con la siguiente relación de contenidos:
Gramática general. —Prenociones. —Teoría del signo. —Del lenguaje y de sus relaciones con el pensamiento. — Usos del lenguaje; sus formas; sus ventajas; su origen.
Análisis de la oracion. —Clasificacion filosófica de las voces. —Del nombre y de sus accidentes. —Del artículo. —Del pronombre. —Del verbo; teoría ideológica del verbo, y análisis filosófico de sus accidentes. —Del participio y demas nombres verbales (gerundio y supino). —Del adverbio. —De la preposicion. —De la conjuncion. —De la interjecion.
Síntesis de la oracion. —Fundamento filosófico de la sintáxis; de la concordancia; del régimen; de la construccion.
De la escritura: su orígen, sus diferentes clases, y sus progresos; ventajas de la escritura en general, y de la alfabética en particular (Programas para las asignaturas de Segunda Enseñanza 1850, 55).
Como se indicó al inicio, esta cuestión legal supone cambios en la serie textual —los propios Programas de 1846 indica la necesidad de formar "libros elementales arreglados á ellos"—, ya que se localizan menos tratados específicamente de gramática general y lo que encontramos, principalmente son partes, capítulos o volúmenes destinados a sus contenidos ligados a la Lógica, como se ve en los programas.
3. La enseñanza de la gramática general: los manuales
Al iniciarse el periodo, el autor de referencia para la enseñanza, que aparece citado en diferentes Programas como los de la Universidad de Valencia (1837), la Universidad Literaria de Madrid (Enciso 1838), o la Universidad de Valladolid (BOIP 1841, II, 357), parece ser Gómez de Hermosilla[14] (v. Lépinette 2008): "se hace creíble que por ser el mas manual y filosófico se haya adoptado en otras partes el libro del Sr. Hermosilla y si no se ha verificado esta adopcion en alguna Catedra, consistirá en que no se tenga noticia de una obrita tan bien escrita" (Orodea 1837, 69).
El 9 de octubre de 1841, sus Principios aparecen en la lista de obras aprobada por la Dirección General de Estudios para la enseñanza de la Gramática general (BOIP 1841, II, 200). En esa lista, además se recomienda un Compendio de Tracy traducido por García[15]. La lista también recomienda los Principios de Gramática general de Diego Madrazo y el Curso de filosofía elementar: comprendiendo la teoría de las ideas, la gramática general y la lógica de Martí de Eixalá publicados ese mismo año.
La preeminencia dada al texto de Hermosilla en el inicio del periodo tanto desde una perspectiva externa —su elección como manual de la asignatura para centros diversos y su aparición en los listados oficiales—, como desde una perspectiva interna —como referente teórico (v. García Folgado 2019)—, viene dada por varios factores:
1. El peso de su autor tanto en los ambientes culturales —en sus facetas de helenista y de Humanista— como educativos: hasta 1835 ocupó el cargo de Inspector general de Instrucción pública, el cual aprovechó para imponer su Arte de hablar (publicado en 1826) como libro de texto en Humanidades.
2. La inexistencia —al margen del propio texto de Hermosilla— de una gramática general autóctona autónoma y de peso suficiente (esto es, equiparable a los textos de Condillac, Destutt, etc.). Los textos anteriores —Pichó (1813, 1817 y 1818), Muñoz (1832) y Lacueva (1832)— o bien carecían de suficiente difusión —es el caso de Pichó, restringido al territorio valenciano, si bien es citado por los editores de Ballot (1840)—, de autonomía —Lacueva reconoce en el mismo prólogo su deuda con Destutt y Muñoz prácticamente traduce, con ciertas adaptaciones, a Condillac (v. Lépinette 2020)— o no respondían exactamente al modelo que demandaba el proyecto educativo del momento.
Ante este panorama, los catedráticos y profesores encargados de impartir gramática general en esos cursos llevan a cabo una labor de reelaboración y adaptación de los materiales a su alcance o que marca la ley, dentro de los parámetros del sistema de enseñanza de la época. A partir de 1842, las listas de textos recomendados para la enseñanza (Villalaín 1999) comienzan a proponer otros manuales, por ejemplo, Parga (1841) en el listado de mayo, Díaz (1841) en el de septiembre y Mata y Araujo (1842) en el de noviembre de ese mismo año; el Compendio de las lecciones de filosofía de Arbolí (1844) se declara útil para la enseñanza el 7 de octubre de 1845 y vuelve a aparecer recomendado en la R. O. de 22 de agosto de 1846 junto con Díaz de Baeza (1842). La R. O. de 22 de septiembre de 1849, recomienda los textos de Muñoz Garnica (1846) y Monlau y Rey (1849)[16] y, sin ánimo de extendernos más, en la R.O. de 18 de septiembre de 1853 aparecen para la segunda enseñanza, de nuevo Arbolí, Muñoz Garnica y Díaz de Baeza, mientras que, en la Facultad de Filosofía, para la ampliación de la Filosofía se recomiendan la traducción de López de Uribe del Manual de Servant de Bauvais (21843), Monlau y Rey y la GG de Núñez de Arenas (1847).
Además de los textos que figuran en los listados oficiales, se han localizado hasta el momento 51 manuales para la enseñanza de la filosofía gramatical publicados en España durante el periodo 1836-1857[17]:
1835 Gómez Hermosilla, José. Principios de gramática general, Madrid: Imprenta Real.
1836 *Camerino, Francisco de P. Lecciones de ideología. Cádiz[18].
1837 Anónimo [Gamundí, Juan]. Nociones elementales de Gramática general: redactadas de los mejores autores, para el curso escolar de 1836 a 1837. Palma: [Imprenta de B. Villalonga][19].
1837 Gómez Hermosilla, José. Principios de gramática general, Segunda edición, Madrid: Imprenta Real.
1837 Orodea, Plácido María. Definiciones de la gramática general, Valladolid: Dámaso Santaren.
1838 González Cabo-Reluz, Juan. Lecciones de Gramática General: Sumario cronológico de la Historia Universal dispuestos para la enseñanza de S. M. Dª. Isabel Segunda y de su augusta hermana / por su preceptor D. Juan Cabo-Reluz, doctor de la Universidad de Alcalá. Mss. II/3518 Biblioteca del Palacio Real, fols. 1-28.
1838 Moralejo, José María y Rubio, Luis. Primeros principios de gramática jeneral: aplicados al idioma castellano / por el Dr. Moralejo y Luis Rubio. Barcelona: Imp. de A. Bergnes.
1838 Servan Beauvais, M. / López de Uribe, José: Manual clásico de filosofía, escrita en francés por M. Servant Beauvais, Traducido arreglado y adicionado por Don José López de Uribe y Ossma. Catedrático de Lógica y de Gramática general en los Estudios de San Isidro de esta corte, Madrid, Imprenta de Don Ramón Verges, 2 tomos.
1839 La Cal, Gerónimo de. Lecciones elementales de Ideología, Gramática general y dialéctica: arregladas al estado actual de la ciencia lógica, Granada: Sanz.
1840 *D. M. G. Elementos de gramática general. Córdoba: Noguer y Manté[20].
1840 González de Soto, Julián. Compendio de Gramática general, ó sea introducción á las lenguas para que los niños no hayan de aprender distintas definiciones en las gramáticas particulares, Figueras: [s.n.], (Por Gregorio Matas y de Bodallés).
1840 *Lecciones de Ideología y Lógica estractadas de las obras de Varela, Condillac, Destut-Tracy, Locke y de Cousin, obra importante para el estudio de la Filosofía. Cádiz[21].
1841 Crespo, Juan Ignacio. Compendio de Gramática General. Madrid: Imp. de la Compañía de impresores.
1841 Díaz, Melchor Ignacio. Elementos de Ideología y Gramática General, Arte de pensar é Historia de la Lógica, así Científica como Practica. Granada: Imprenta de Sanz.
1841 Gómez Hermosilla, José. Principios de gramática general por D. José Gómez Hermosilla; tercera edición. Madrid: Imprenta Nacional.
1841 Diego Madrazo, Santiago. Principios de gramática general. Madrid: Imprenta nueva de Martín.
1841 Martí de Eixalá, Ramón. Curso de filosofía elementar: comprendiendo la teoría de las ideas, la gramática general y la lógica. Dedicado a las Universidades y Colejios de España. Barcelona: Imprenta de José María de Grau.
1841 Parga, Carlos. Rudimentos de gramática general: precedidos de unas breves nociones de ideología y terminados por un apéndice sobre la traducción / por Carlos Parga. San Sebastian: [s.n.] (Imprenta de Ignacio Ramón Baroja).
1842 Díaz, Melchor Ignacio. Principios de gramática general, escritos en diálogo. Granada: Imprenta de Sanz.
1842 Mata y Araujo, Luis de. Elementos de Gramática General con aplicación a la Castellana. Madrid: Calleja.
1843 Alonso, Celestino: Lecciones de filosofía: estractadas del curso escrito en francés por Ph. Damiron. Arregladas para los establecimientos de España por D. Celestino Alonso profesor de Ideología, Filosofía moral y Religión en el Instituto Cantábrico, vol. 2. Santander: Imprenta y Librería de Otero[22].
1843 Gómez Hermosilla, José: Compendio de gramática general para uso de los jóvenes que se dedican a dicho estudio, Madrid: Eusebio Aguado.
1843 Orodea, Plácido María: Compendio de las definiciones y principios de la gramática general, ó manual de los sistemas comparados de la filosofía gramatical, segunda edición. Valladolid: Dámaso Santarén.
1843 Servan Beauvais, M. / López de Uribe, José: Manual clásico de filosofía, escrita en francés por M. Servant Beauvais, Traducido arreglado y adicionado por Don José López de Uribe y Ossma. Catedrático de Lógica y de Gramática general en los Estudios de San Isidro de esta corte, segunda edición corregida y aumentada, Madrid: Imprenta de Don Ramón Verges, 2 tomos[23].
1844 Arbolí, Juan José: Compendio de las lecciones de filosofía que se enseñan en el colegio de Humanidades de San Felipe Nery de Cádiz, T. III. Gramática general. Cádiz: Imprenta de la Revista Médica.
1844 Lacueva, Francisco: Elementos de gramática general con relación a las lenguas orales. Segunda edición, redactada bajo un nuevo plan y considerablemente aumentada. Vitoria: Impr. y Lit. de Egaña y Cia.
1845 García de Luna, Tomás. Lecciones de Filosofía Ecléctica pronunciadas en el Ateneo de esta Corte por don Tomás García Luna. Gramática General o Filosofía del Lenguaje. Madrid: Imprenta y Librería de D. Ignacio Boix[24].
1845 Martí de Eixalá, Ramón: Curso de filosofía elemental, dedicado á las Universidades y Colejios de España... Segunda Parte: Gramatica general. Barcelona: Imprenta de José María de Grau[25].
1845 *La-Rosa y Ascaso, Manuel. Manual de filosofía mental y moral, dividido en dos cursos elementales: uno de los principios de moral y religión, y otro de psicología, ideología y lógica con unas quinientas preguntas en cada curso para uso de los cursantes de aquellas asignaturas y de los que se preparan para recibir el grado de bachiller; por el licenciado D. Manual La-Rosa y Ascaso, abogado de los tribunales del reino é individuo de la Academia de jurisprudencia aragonesa. Zaragoza: Imprenta de Cristóbal y J. M. Magallón[26].
1845 Somoza y Llanos, José: Curso completo de Filosofía ó compendio de lógica, matemáticas, gramática general, física esperimental, química, geografía, filosofía moral, fundamentos de religion, historia general, historia particular de España y Literatura. Valladolid: Imprenta de Manuel Aparicio, 3 vols. [27]
1846 Arbolí, Juan José. Compendio de las lecciones de filosofia que se enseñan en el colegio de humanidades de San Felipe Nery de Cádiz. Segunda edición. T. III. Gramática general. Cádiz: Imprenta de la Revista Médica.
1846 *L.T.S. Elementos de ideología dedicados á la juventud; por L.T.S. español interesado en el mejoramiento de su instrucción. Madrid: Imprenta del colegio de sordomudos[28].
1846 Muñoz y Garnica, Manuel. Manual de Lógica. Jaén: Imp. de D. José Francés[29].
1846 Orodea, Plácido María. Elementos de sicología, ideología y lógica con nociones de gramática general. Palencia: Gervasio Santos y Jerónimo Camazón.
1847 Núñez de Arenas, Isaac. Gramática general, escrita conforme al programa del gobierno, por Don Isaac Núñez de Arenas. Madrid: Imprenta de José María Alonso[30].
1847 Riesco Le-Grand, Inocencio. Compendio de Lógica, redactado según el programa de la Dirección General de Instrucción Pública, y conforme a las doctrinas de los autores que sirven de testo en las universidades. Madrid: Imprenta de D. S. Sausaque[31].
1847 Surís y Baster, Miguel. Curso de filosofía: arreglado para uso de los españoles y estrictamente conforme al programa publicado por el Ministerio de Instrucción Pública. Madrid: Librería de la Viuda Razola/ Barcelona Pont y Campins[32].
1848 Beato, Bartolomé. Tratado elemental de psicología, ideología, gramática general y lógica. Salamanca: Juan José Morán.
1848 García, Basilio. Teoría del discurso, ó elementos de Ideologia, Gramática, Lógica y Retórica. Madrid: Imprenda de J. Repullés.
1848 Martínez del Romero, Antonio (trad.) / Jacques, Amédée; Simon, Jules; Saisset, Emile. Manual de filosofía para el uso de los colejios. lntroduccion y Psicolojia por Amadeo Jacques, profesor de Filosofia en el colejio de Luis el Grande. Lójica e Historia de la Filosofia, por Julio Simon, profesor de la Escuela normal de la Facultad de letras de París. Moral y Teodicea, por Emilio Saisset, agregado á la Facultad de letras de París, profesor de la Escuela normal y en el colejio de Enrique IV. Obra aprobada por el Consejo de la Universidad. Versión española hecha de la segunda edición francesa. Madrid: Imprenta de Hilario[33].
1848 Peláez del Pozo, Julián & Somoza y Llanos, José. Curso elemental de psicología y lógica, que comprende: 1. Prolegómenos. 2. Psicología. 3. Ideología. 4. Gramática general. 5. Crítica. 6. Dialéctica, Madrid: Roman Matute[34].
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1851 Xerez y Varona, Francisco. Gramática de la naturaleza, principios del lenguage articulado y preparación al estudio de los idiomas vulgares. Madrid: Imprenta de D. José Trujillo.
1851 Monlau, Pedro F. & Rey y Heredia, José M.: Curso de psicología y lógica escrito con arreglo al programa oficial de esta asignatura para uso de los institutos y colegios de segunda enseñanza: Psicología, por Pedro Felipe Monlau. Lógica, por José María del Rey y Heredia. Segunda edición. Madrid: Imp. y Estereotipia de M. Rivadeneyra.
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1856 Monlau, Pedro F. & Rey y Heredia, José M.: Curso de psicología y lógica escrito con arreglo al programa oficial de esta asignatura para uso de los institutos y colegios de segunda enseñanza: Psicología, por Pedro Felipe Monlau. Lógica por José María del Rey y Heredia. Tercera edición. Madrid: Imp. de M. Rivadeneyra.
Si se observan el listado precedente, se ve de manera clara cómo progresa la serie de textos únicos de GG en la primera parte del periodo a textos que la incorporan como una parte de sus contenidos: un 35 % de los textos localizados (18) son manuales independientes y se concentran en el periodo 1836-1845; con posterioridad, dentro del marco temporal abordado, solo se encuentra una obra independiente, Ferrer y Parpal (1849). Tras 1857 y hasta el final del siglo, la nómina de textos de independientes de GG localizados se limita a la Gramática razonada de Flórez (1860, 2 vols.) y las Nociones de gramática general de Escriche y Fernández Iparraguirre (1884), ambos textos vinculados a la formación de maestros en las Escuelas Normales[40].
4. A modo de cierre
La serie textual conformada por los textos de gramática general publicados en la primera mitad del siglo XIX viene determinada, desde una perspectiva externa, por dos cuestiones fundamentales: la configuración de la enseñanza secundaria y la emergencia de los estudios filosóficos, ambos aspectos de suma importancia en el contexto político posterior a la muerte de Fernando VII. El liberalismo político, tal y como ocurrió con anterioridad en el trienio liberal, persigue una formación de la ciudadanía basada en la razón como fundamento de la nueva sociedad, por lo que la filosofía se concibe como piedra angular y como fundamento de todos los saberes y, en este sentido, la gramática general, así como la ideología y la lógica, al ocuparse de la relación entre la lengua y el pensamiento, cobran una especial significación. Este hecho hace que la gramática general se sitúe de manera explícita como materia de enseñanza entre 1836 y 1843, periodo liberal progresista, pero, tras esa fecha, aunque no desaparece de la enseñanza, es relegada a un lugar secundario, como parte de la Lógica. Este movimiento implica que los manuales únicos de GG se concentren en ese primer periodo, mientras que a partir de 1843 lo habitual es que la GG sea un capítulo o apartado de una obra mayor.
Queda, para la segunda parte de este trabajo, el análisis de la conformación interna de la serie textual.
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* Este trabajo se ha realizado en el marco del proyecto LinPePrensa, Ideas lingüísticas y pedagógicas en la prensa española del siglo XIX (ref. PGC2018-098509-B-I00), concedido en la convocatoria de 2018 de proyectos de I+D de "Generación de conocimiento" (Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades).
[1] La división en dos partes tiene que ver tanto con la promulgación de la ley Moyano (1857), como con la publicación de los textos escolares de la Academia, que se establecen como referente teórico hasta 1938 (si bien la obligatoriedad de su uso fluctúa, de acuerdo con los cambios legislativos).
[2] La bibliografía sobre las ideas filosóficas en materia gramatical es muy amplia; si nos centramos únicamente en España, en las últimas décadas no solo se han editado algunos trabajos póstumos de Schlieben-Lange (Schlieben-Lange y Zollna 2008), sino que se han abordado aspectos concretos de la recepción de las ideas francesas, especialmente de Destutt (Lépinette 2005 y 2011; Eilers 2011; Swiggers 2011), sobre influencias en autores concretos (Zamorano 2009, Eilers 2009 y 2012, Lépinette 2010 y 2011; García Folgado 2010, 2012, 2016, 2018 y 2019; etc.), sobre la Ideología en España (además de los trabajos clásicos de Hernández Guerrero 1982, Haβler 1990 o Sarmiento 1994, podemos mencionar los de Eilers 2008, 2009; Zollna 2004, 2008 y 2009, Eilers y Zollna 2012; Calero 2018), sobre la vinculación filosofía-gramática (Calero Vaquera 2009 y 2014), etc.
[3] Lépinette (1997), siguiendo a Chevalier (1968), denomina a este proceso de adaptación pedagógica "détournement". En el ámbito de las Didácticas específicas, se denomina "transposición didáctica" a la elaboración de los contenidos para el aula en relación con el saber científico de referencia (Chevallard 1991; Rodríguez Gonzalo 2000). Por su parte, Zamorano (2013), en su propuesta metodológica para la investigación con series textuales, introdujo la noción de "recontextualización" (o recepción con recontextualización educativa) que se enfoca no solo en el proceso de adaptación de los saberes a la práctica educativa, sino en la constitución de la serie textual y el proceso de evolución interno.
[4] Dejamos para la segunda parte de este trabajo el análisis interno de las obras, por lo que no entraremos aquí en esa cuestión ni en las disquisiciones acerca de las corrientes filosóficas a las que se adscriben (para esta cuestión y su relación bien con la enseñanza filosófica en el XIX, bien con las obras lingüísticas, véase Hernández Guerrero 1982, Heredia Soriano 1982 y Calero Vaquera 2018).
[5] Recuérdese que, tal y como señala López Rodríguez (2018, 19), "Destutt de Tracy y los ideólogos no reducían el significado de la ideología a la mera especulación, sino que proponían una comprensión de implantación política, al situar el estudio de las ideas al objetivo de alcanzar valores y conocimientos que contribuyesen al progreso social, político y económico. Los ideólogos no eran meros intelectuales, sino hombres de acción involucrados en los quehaceres de la Revolución Francesa". El propio Destutt indica
pour connaître réellement la marche de l’intelligence humaine et que cette connaissance est non seulement est nécessaire à l’étude des langues mais encore elle est la seule base solide des sciences morales et politiques dont ils voulaient à juste raison que tous les citoyens eussent des idées saines, sinon profondes : qu’en conséquence leur intention était que, sous ce nom de grammaire générale, on fit réellement un cours d’idéologie, de grammaire et de logique qui, en enseignant la philosophie du langage, servît d’introduction au cours de morale privée et publique (1800, 8. El subrayado es nuestro).
[6] Las autoras establecen el tercero entre el fin de la primera guerra carlista y el inicio de la segunda. No obstante, en este trabajo nos basamos para articular los periodos en las disposiciones legales, por lo que ese periodo comenzaría algo antes, en 1835 y acabaría en 1843; durante ese periodo, el liberalismo progresista detenta el poder y se acentúan las medidas liberales (v. Puelles 1980, cap. 4) y, en relación con el tema que nos ocupa, supone la presencia de la GG y la ideología como materias de enseñanza en la Educación Secundaria.
[7] Durante la etapa absolutista, y mientras se mantuvo vigente el Reglamento general para las Escuelas de latinidad y Colegios de Humanidades, de 29 de noviembre de 1825, solo las capitales de provincia y los pueblos con corregidor o alcalde mayor podían establecer un centro de segunda enseñanza dentro de los estrechos parámetros de la ley (v. Viñao 1994, 155).
[8] Este Decreto, promulgado durante la regencia de Espartero y el ministerio de Gómez de la Serna, pretendía la constitución de una facultad completa de Filosofía de rango equiparable a las "facultades mayores". El primer nivel de estudios, no obstante, seguía dentro de lo que en términos actuales se podría considerar etapa secundaria, dado que se denominaba "estudios preliminares", duraba tres años (exactamente igual que disponía el Arreglo) y su finalización daba derecho a la obtención del grado de bachiller y al acceso al resto de facultades mayores (vid. Jiménez García 2004).
[9] En 1847 se produce otra reforma del Plan Pidal y se publica un nuevo Reglamento (R.D. de 19 de agosto de 1847, aprobando el Reglamento de estudios, apud Hernández (1982, 247-249, n. 16) en el que la materia pasa a denominarse Psicología y Lógica (se imparte en 5.º año), que será el nombre con el que se incluirá en la Ley Moyano (véase tabla 1). En ambas reformas, se mantiene en los estudios de ampliación la materia Filosofía y su historia, en los estudios de Letras.
[10] Los textos legales se han consultado en Colección de ordenes generales (1847) y MEC (1979).
[11] En 1843, con la caída de Espartero, comienza un periodo de liberalismo moderado, lo cual explica, en cierta medida, esa desaparición de la Ideología y la GG como materias. Heredia (1982, cap. II, § 2) explica al detalle cómo ese cambio político supuso un giro en los estudios filosóficos.
[12] Así se observa, por ejemplo, en la Memoria del Instituto de Orense del curso 1859: "En la cátedra de psicología, lógica y ética, á pesar de lo múltiple de su asignatura en que como es sabido se comprende tambien la gramática general ó la filosofía del lenguaje, á pesar de no tener mas que una leccion diaria […] se ha recorrido todo el programa con aprovechamiento". Boletín Oficial de la provincia de Orense, n.º 13, 31 de enero de 1860.
[13] Un ejemplo de ello son las pruebas que ha de pasar el aspirante a Catedrático del Instituto de Lérida en 1841, en la materia Ideología, Moral y Religión —correspondiente al Plan Someruelos— donde se indica: "El aspirante expresará: I° la extensión que juzgue conveniente dar á la enseñanza de la ideología, comprendiendo en ella los tratados de lógica y gramática general, que tan estrecha relación tienen con la misma" (15.12.1841, BOIP 1841, II, 369).
[14] Los Principios de gramática general de Gómez de Hermosilla fueron escritos, como es sabido, hacia 1823 para el colegio de San Marcos, pero no se publicaron hasta 1835 (hay una segunda edición en 1837 y otra, póstuma, en 1841). Sobre esta obra, puede consultarse, entre otros, el trabajo clásico de Gómez Asencio (1981), donde se aborda el tratamiento de las categorías gramaticales en los Principios con detenimiento; Ridruejo (1997), quien se ocupa de la influencia de Hermosilla en otras gramáticas del periodo (principalmente, Saqueniza, Noboa y Mata); Eilers & Zollna (2001), quienes tratan la crítica de Hermosilla a la teoría del verbo único y Lépinette (2010 y 2011), sobre las fuentes de la Gramática de Hermosilla. Véanse también los trabajos de Val Álvaro (1983 y 1995), Cepedello Boiso (2004) y Eilers (2009).
[15] Con seguridad el texto legal se refiere a los Elementos de verdadera lógica: compendio ó sea estracto de los elementos de ideología del senador Destutt-Tracy, traducidos por Juan Justo García en 1821 y del cual hay una segunda edición, corregida, en 1843.
[16] También se recomiendan los Elementos del arte de pensar de Borrell traducido por Armendáriz y ampliado por Mata y Araujo (Madrid: Viuda e hijos de Calleja, 1844), quien remite a su propio manual de 1842 cuando aparecen cuestiones relacionadas con la GG.
[17] Se ofrecen las obras en orden cronológico; al ser referenciadas por extenso, excusamos su aparición en la bibliografía final. Únicamente se consideran los textos publicados en los territorios europeos, de ahí que se excluya del listado, por ejemplo, Reyes (1838). Se han eliminado de la lista las gramáticas particulares fundadas en los principios filosóficos como la de Novoa (1839) o Flórez (1853 y 1856), entre otras. Por último, con asterisco se han marcado los textos de los que tenemos noticias, pero no hemos localizado o no ha sido posible su consulta.
[18] Noticia en el Boletín Bibliográfico Español y Estranjero, n.º 3, 1 de febrero de 1863, x.
[19] Aparece sin autor. Lépinette (2008) registra la obra como de Juan Gamundés (así aparece también en el catálogo de la BNE). En Bover de Rosselló (1842: 130-131) aparece como autor Juan Gamundí. Con ese nombre también, se ha localizado en el Diario balear (n.º 44, 13 de febrero de 1834) el anuncio de las clases de "análisis gramatical y filosófica, aplicada práctica y simultáneamente á las lenguas latina y castellana" que el presbítero y preceptor de latinidad impartía en su casa.
[20] El único ejemplar localizado hasta el momento, en la Biblioteca Diocesana de Córdoba, no está disponible para consulta, al encontrarse muy deteriorado.
[21] Noticia en Bibliografia del Estudiante (1845: 29).
[22] La parte que corresponde a la GG en este manual a partir de la lección cuarta (págs. 122 y ss.) es una adaptación de la obra de Hermosilla y no de la de Damiron, tal y como reconoce su autor en nota.
[23] Se trata de una nueva edición muy modificada; tanto, de hecho, que no es propiamente ya una traducción (vid. Heredia 1982, § 7.2.2). La hemos incluido en la lista por su peso específico en las enseñanzas filosóficas pese a que esta edición no tiene GG como tal, sino que sus contenidos se hallan en la parte destinada a la Lógica.
[24] Aunque no lo pone en la portada, es el vol. III de las Lecciones.
[25] La primera parte se destina a la ideología o "teoría de las ideas" y a la lógica.
[26] Noticia en Boletín Bibliográfico Español y Estranjero, año VII, n.º 21, noviembre de 1846, 325, § 912 y en Hidalgo (1870: 60).
[27] La GG aparece en el primer volumen (pp. 295-325), junto con la lógica, la aritmética y la geometría aplicada al dibujo lineal.
[28] Noticia en Boletín Bibliográfico Español y Estranjero, año VII, n.º 19, octubre de 1846, 290, § 817.
[29] La parte tercera (pp. 69-108) se destina a la GG. El autor indica en el prólogo que escribió una primera versión de este texto en 1840, pero no se ha localizado hasta la fecha. Sí tenemos constancia de una reedición de esta obra de la mano de D.C.J., sin fecha, con el título de Definiciones de Lógica: Divididas en Psicologia-Ideologia-Gramática general-Crítica y Dialéctica. Extractadas del Manual de lógica de D. Manuel Muñoz Garcia por D.C.J. (Barcelona: Vallés, [s.a.]), aunque aparece el nombre del autor por error como García y no Garnica.
[30] Es la 1.ª parte del vol. II de Curso completo de filosofia para la enseñanza de ampliacion: conforme en un todo al plan y programa oficial de estudios vigentes y designado para testo por el Consejo de Instruccion Pública y adoptado en la Universidad de esta corte. Contiene: 1.º Psicología. 2.º Lógica. 3.º Gramática general. 4.º Moral. 5.º Historia de la filosofía. Madrid: Establecimiento Tipografico de F. de P. Mellado, 1846. La GG tiene portada y numeración propias.
[31] La GG ocupa la parte segunda (pp. 30-68).
[32] La GG es la 1.ª parte de la lógica, de la página 101 a la 180.
[33] Los contenidos de GG están en el capítulo XXVII de la lógica (pp. 227-253).
[34] La GG ocupa de la página 239 a la 302.
[35] La GG ocupa de la lección 33 a la 59.
[36] En BICRES IV, el autor aparece como Gervasi Costa (§ 2095). La GG aparece como 2.ª parte de la lógica, tras la ideología (pp. 175-212).
[37] La GG ocupa la parte tercera de la lógica (pp. 162-222).
[38] Vid. n. 31.
[39] La GG ocupa la parte tercera de la lógica (pp. 172-217).
[40] También se tiene noticias de un texto de Manuel Pérez y González titulado Gramática general (c. 1886) a través de La Unión: periódico de primera enseñanza, año VII, n.º 14, 11 de abril de 1886.